El Tribunal Supremo señala que la corrupción de Ábalos implica la acción dominante de un ministro en la ejecución de un plan delictivo

El exministro José Luis Ábalos durante el juicio en el TS. Las claves

El Tribunal Supremo ha impuesto una condena de 24 años de prisión a José Luis Ábalos por encabezar una organización criminal dedicada a obtener beneficios económicos ilegales a través de contratos públicos.

Ábalos, en su doble rol como ministro y secretario de organización del PSOE, empleó su posición para favorecer a empresas vinculadas y asegurar ganancias económicas propias y para su círculo cercano.

La sentencia recoge pagos mensuales de 10.000 euros, el alquiler de una vivienda de lujo para su pareja y vacaciones costeadas con recursos ilícitos.

Durante la crisis sanitaria, Ábalos intervino para que se adjudicaran contratos millonarios de mascarillas a compañías afines, además de facilitar empleos en el sector público a personas de su entorno sin que desempeñaran trabajo alguno.

De los tres sentenciados hoy por la Sala Penal del Supremo, José Luis Ábalos es el que recibe mayores críticas del tribunal superior. También se le ha impuesto la pena más severa, 24 años de prisión, cifra solicitada por el fiscal jefe anticorrupción, Alejandro Luzón.

«Se debe tener en cuenta que quien vulnera las normas del cargo es, entre otros, una autoridad de especial relevancia estatal, en su calidad de ministro del Gobierno de España y simultáneamente secretario de organización del partido que sostiene al Gobierno», subraya la sentencia, que distingue este caso de otros delitos de corrupción

«Los actos evaluados no solo buscan un beneficio, sino que se realizan desde el ejercicio del poder público y político en el nivel más alto de los órganos constitucionales, como es el Gobierno», puntualiza.

En el caso de Ábalos, «se trata de conductas con una conexión directa con el ejercicio de la autoridad política, por lo que tienen un potencial desestabilizador significativamente mayor«.

¿Qué realizó Ábalos? En términos generales, «desvirtuar el propósito del poder público y convertirlo en una herramienta al servicio de intereses privados». «Utilizar el sistema de poder para el enriquecimiento de unos pocos en perjuicio de la ciudadanía».

Entre esos «pocos» beneficiados por la corrupción se incluye, por supuesto, el propio Ábalos.

«Con ánimo de enriquecimiento, los tres [José Luis Ábalos; su asistente, Koldo García y el empresario Víctor de Aldama] acordaron que, aprovechando el cargo que Ábalos ostentaba en el Gobierno de España y en el Partido Socialista, este [el ministro] podría favorecer, a cambio del correspondiente beneficio económico en el que todos participarían, la contratación con la Administración Pública en todas las oportunidades posibles de empresas cuyos intereses captaría y promovería Aldama», recogen los hechos probados.

Los tres conformaron una organización criminal donde Ábalos, denominado «el jefe», «aportaba la autoridad» conferida por sus cargos destacados en el Ejecutivo y en el PSOE de Pedro Sánchez.

10.000€ mensuales para gastos fijos

La sentencia establece además que los tres integrantes de la organización pactaron una remuneración mensual de 10.000 euros destinada a cubrir los gastos fijos de Ábalos.

Sumado a esto, Aldama pagó el alquiler de un piso de lujo arrendado a la entonces pareja del ministro, Jessica Rodríguez, así como el coste de dos estancias vacacionales en chalés ubicados en Marbella y Cádiz.

Respecto al chalet malagueño, la Sala concluye que Ábalos falseó declaraciones durante el juicio al asegurar que el pago «se realizó a escote» entre los miembros de su familia que disfrutaron de esa residencia entre el 14 y el 23 de agosto de 2020.

«No han declarado como testigos algunas de las personas que supuestamente efectuaron dicho pago ni existe documentación que lo respalde», apunta la Sala, que considera probado que los 8.000 euros fueron abonados «con fondos previamente entregados por Víctor de Aldama».

Este pago correspondió a un comunicado que el Ministerio de Transportes emitió, por orden de Ábalos, a diversos medios, posicionándose a favor del rescate de Air Europa.

Aldama, empleado de la aerolínea, solicitó la difusión de ese comunicado con la intención de tranquilizar a los acreedores.

Este hecho es uno de los delitos de cohecho por los que Ábalos ha sido condenado.

Otro delito está vinculado al chalet gaditano de La Alcaidesa, adquirido a nombre de una sociedad relacionada con el empresario de hidrocarburos Claudio Rivas y que Ábalos utilizó entre julio de 2021 y enero de 2022, pese a haber pagado solo una fianza de 7.500 euros, correspondiente a dos meses de alquiler.

Ábalos fue cesado como ministro el 10 de julio de 2021. «Claudio Rivas, temiendo que la licencia [para operar hidrocarburos solicitada por su empresa Villafuel, en la que la trama realizaba gestiones] no fuera concedida, ordenó reclamar las rentas, ya que José Luis Ábalos seguía residiendo en la vivienda sin pagar alquiler. Cuando el 9 de diciembre de 2021 fue denegada la licencia, Rivas ordenó la rescisión del contrato, que se consumó por acuerdo mutuo el 9 de enero de 2022», señala la sentencia.

Beneficios durante la pandemia

Uno de los aspectos centrales de la condena es la actuación de Ábalos para que la empresa seleccionada por Aldama, Soluciones de Gestión, recibiera la adjudicación de dos contratos de mascarillas de Puertos del Estado y Adif, ambos organismos dependientes del Ministerio de Transportes.

Esto ocurrió en marzo de 2020, mientras España permanecía confinada y registraba cientos de muertes diarias por la pandemia de coronavirus.

«Antes incluso de que los responsables del propio órgano de contratación tuvieran conocimiento de la operación, la empresa adjudicataria ya tenía la certeza de que se publicaría una orden ministerial, que la compra sería centralizada a través de Puertos, que el volumen alcanzaría los ocho millones de mascarillas y que sería la adjudicataria, producto del acuerdo anticipado entre los tres acusados como manifestación concreta de una de las actividades lucrativas que sustentaban la organización que habían formado», mencionan los hechos probados.

Los contratos de mascarillas adjudicados por Transportes, con un valor total de 36,5 millones de euros, generaron a Aldama un beneficio de 3,7 millones. Además, facilitaron posteriores contratos de material anti-Covid para esa misma empresa por parte del Ministerio del Interior, el Gobierno de Canarias de Ángel Víctor Torres y la administración balear de Francina Armengol.

Aldama declaró en el juicio que Ábalos le solicitó dos millones de euros por esos contratos y que Koldo García pidió la compra de la vivienda en la que residía (como arrendatario, propiedad de José Luis Ábalos), valorada en 500.000 euros.

El empresario afirmó que no adquirió la casa para García, pero sí les entregó más de dos millones de euros ya en 2020.

«No existe prueba que confirme la entrega de esas cantidades«, señala el Supremo, «pero sí la solicitud por parte de José Luis Ábalos y Koldo García».

Asimismo, la Sala considera demostrado que Ábalos impulsó la contratación de Claudia Montes en Logirail, empresa subsidiaria de Renfe, entidad pública vinculada al Ministerio.

El ministro la había conocido en mayo de 2019 durante un mitin del PSOE en Gijón, ciudad donde ella reside.

Además de facilitar su ingreso, Montes «utilizó el contacto continuo que mantenía con José Luis Ábalos y Koldo García» para que detuvieran un expediente disciplinario abierto en su contra.

La pareja de Ábalos también fue contratada sucesivamente en dos empresas públicas.

«Aprovechando su posición privilegiada como ministro, diseñó y ejecutó un plan para emplear toda su influencia con el fin de que Jessica Rodríguez fuera contratada en alguna empresa pública dentro de la estructura del Ministerio o que trabajara para alguna de esas compañías, con el objetivo de que recibiera un salario sin la obligación de realizar ninguna actividad laboral efectiva«.

Jessica Rodríguez recibió de Ineco y Tragsatec un total de 82.295 euros de fondos públicos sin presentarse ni un solo día a trabajar. Estos hechos constituyen los delitos de malversación junto a tráfico de influencias que conllevaron para Ábalos una pena de tres años y medio de prisión.

«En alguna ocasión», explica el Supremo, se le solicitó, por vía telemática, desde los responsables del proyecto de colaboración de Ineco con ADIF que definiera mejor sus condiciones laborales y completara adecuadamente partes de trabajo que envió. Sin embargo, Jessica Rodríguez no atendió esas peticiones. Estas solicitudes y intentos de contacto por parte de Ineco provocaron que José Luis Ábalos interviniera contactando con la presidenta de ADIF para comunicar que Jessica Rodríguez estaba siendo acosada«.

Ábalos «tenía pleno conocimiento de los pagos» a su pareja, «aunque esta no desarrollara actividad laboral».

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