Una abogada presentó un recurso ante el TSJ de Navarra incorporando sentencias falsas creadas mediante inteligencia artificial.
El tribunal identificó que las citas no coincidían con sentencias verdaderas y abrió un expediente sancionador por mala fe procesal.
La abogada admitió el error, pidió disculpas y retiró las referencias, lo que llevó al tribunal a archivar el caso sin imponer multa.
La Sala alerta sobre la responsabilidad de los abogados de verificar la información generada con IA y las consecuencias éticas y legales de un uso descuidado.
Una abogada evitó una sanción por mala fe procesal tras ser detectado que presentó un recurso elaborado con inteligencia artificial, lleno de citas falsas de sentencias. «La reacción inmediata de la letrada excusando el error cometido
ha llevado a la Sala a decidir el archivo del caso, sin imponer la sanción económica correspondiente», concluyeron los magistrados.
Este tipo de incidentes, cada vez más comunes, ocurrió en un procedimiento ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
En octubre de 2025, la abogada I.G. interpuso un recurso de queja representando a una empresa. En este se incluían fragmentos de sentencias atribuidas al Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, TSJ de Navarra y TSJ de Madrid.
La Sala constató que esos «fragmentos y datos de sentencias no coinciden con el texto original ni tienen relación con el caso, tampoco concuerda la fecha de la sentencia con el número de recurso«.
Se trataba, en resumen, de «sentencias citadas que fueron inventadas y que no expresan lo que la letrada transcribía en su escrito».
En febrero, el tribunal acordó abrir un expediente sancionador por mala fe procesal «para esclarecer las responsabilidades en que pudo incurrir la abogada».
La legislación establece que si los tribunales consideran que alguna parte ha actuado «violando las normas de buena fe procesal o abusando del servicio público de Justicia», pueden imponer una multa de entre 180 y 6.000 euros.
Además, los jueces pueden remitir la actuación del abogado al colegio profesional correspondiente «para evaluar la posible imposición de sanciones disciplinarias».
En el auto de apertura del expediente sancionador, el TSJ destacó que «la irregularidad de la letrada supone, además de una vulneración de la buena fe procesal, una falta de respeto hacia los magistrados, un desdén a la función jurisdiccional y una alteración del trabajo del tribunal».
La abogada presentó un escrito de alegaciones donde expresó su «sincero reconocimiento del error, sin intención, motivado por falta de revisión y confianza en el borrador preparado».
Alegaciones
La abogada defendió «la retirada completa y solicitud de considerar nulas las citas y transcripciones afectadas; la ausencia de repetición o persistencia, con plena conformidad a la resolución; y la disculpa más respetuosa y sincera, junto con una conducta colaborativa; sin ninguna intención o ánimo de causar perjuicio ni daño a esta ilustre Sala y sus magistrados».
Además, pidió «comprensión» a los magistrados y solicitó la aplicación de «criterios de proporcionalidad».
«En caso de que la Sala considere procedente alguna medida correctora, se solicita subsidiariamente que sea la menos gravosa, consistente en un apercibimiento, evaluando las circunstancias concurrentes y la pronta actuación reparadora”, añadió.
Días después, la abogada remitió otro escrito donde pidió que se entienda que esta irregularidad fue un error que le causa «profundo pesar, lo siente intensamente y desearía retroceder en el tiempo para evitar haber presentado un escrito sin revisión adecuada».
Solicitó que «nunca se considere su conducta como mala intención o falta de respeto hacia la Sala» y pidió archivar el expediente sancionador o, si se aplicase régimen disciplinario, que se imponga una amonestación.
«Que quede claro que esta experiencia ya le ha supuesto suficiente aprendizaje y arrepentimiento«, finalizaba.
En la resolución que cierra el caso, con ponencia de la magistrada María José Ramo, la Sala enfatiza que el uso de tecnologías emergentes y materiales generados por inteligencia artificial en procedimientos judiciales «conlleva importantes consideraciones éticas y legales para asegurar un empleo responsable».
El uso de la IA, añade, «exige una verificación adicional, ya que la revisión y validación de documentos legales seguirá siendo responsabilidad de los abogados para garantizar exactitud y cumplimiento normativo».
El TSJ de Navarra menciona estudios que han revelado que las alucinaciones de la IA «son alarmantemente frecuentes» en el ámbito jurídico.
«Resulta evidente que el uso descuidado de estas tecnologías en procesos judiciales implica graves problemas deontológicos y puede constituir un claro ejemplo de mala fe procesal y abuso del proceso», añade la resolución.
La Sala recuerda que las normas deontológicas de la Abogacía «obligan a los letrados a ejercer un control que garantice la precisión de sus presentaciones».
No obstante, en este caso, las excusas presentadas por la abogada han llevado a la Sala a decidir no sancionarla, «utilizando esta [resolución] posiblemente como advertencia sobre las implicaciones legales, éticas y deontológicas del uso negligente de las nuevas tecnologías».

