La Agencia Tributaria establece condiciones estrictas para determinar para qué contribuyentes puede suponer un ahorro fiscal desgravar el seguro del hogar

Con el comienzo de la campaña de la Renta el próximo 8 de abril, millones de contribuyentes buscan formas de cerrar con el mejor saldo posible sus cuentas ante Hacienda. Una de las estrategias más frecuentes consiste en aplicar todas las deducciones posibles en el IRPF, para lo cual es fundamental saber qué gastos habituales pueden generar un ahorro fiscal. Entre ellos se encuentran los seguros del hogar, aunque cabe aclarar que no se trata de una deducción independiente, sino que se incluye dentro de la deducción por inversión en vivienda habitual, según explica la Agencia Tributaria.
Para poder aplicar la deducción por el seguro de hogar en la Renta 2026, se deben cumplir distintos requisitos que establece Hacienda. En primer lugar, la vivienda debe ser la residencia habitual del contribuyente, es decir, el lugar donde vive de forma permanente. Además, la deducción solo aplica a inmuebles adquiridos antes del 1 de enero de 2013, dado que la normativa eliminó esta deducción para compras posteriores, salvo que se encuentren bajo un régimen transitorio.
Otro requisito fundamental es que la vivienda esté sujeta a un préstamo hipotecario activo y que el seguro esté asociado a dicha hipoteca. Normalmente, estos seguros cubren riesgos básicos como incendios y daños estructurales. Solo bajo estas condiciones la Agencia Tributaria permite que la prima pagada por el seguro se integre dentro del cálculo de la deducción por vivienda habitual. Las coberturas adicionales, como asistencia en el hogar o daños estéticos, no tienen carácter deducible.
Hasta 1.350 euros de ahorro
La Agencia Tributaria establece que la base máxima para calcular la deducción es de 9.040 euros anuales, contemplando tanto el pago de la hipoteca como los gastos asociados, incluido el seguro. El porcentaje de deducción aplicable es del 15%, lo que implica que el ahorro máximo posible ronda los 1.356 euros al año. Es relevante subrayar que este tope se refiere al total de pagos vinculados con la vivienda, y no solo al seguro.

Por ejemplo, si un contribuyente abona 8.500 euros de hipoteca y 400 euros en seguro de hogar, el total de gastos susceptibles de deducción ascendería a 8.900 euros. Aplicando el 15% de deducción, el ahorro fiscal alcanzaría los 1.335 euros. Sin incluir el seguro, la deducción sería menor, por lo que su incorporación puede optimizar el beneficio fiscal, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Cómo se aplica la deducción
El importe del seguro se declara dentro del apartado de deducción por inversión en vivienda habitual, generalmente en la casilla correspondiente a gastos y pagos asociados a la hipoteca. La Agencia Tributaria señala expresamente que las primas de seguros contra incendios y de vida vinculadas a la vivienda se consideran “gastos derivados del préstamo hipotecario”, por lo que son deducibles dentro de este régimen.
Aunque la deducción general se limita a viviendas compradas antes de 2013, existen casos en los que el seguro de hogar puede ser deducible incluso para adquisiciones posteriores. Esto sucede, por ejemplo, cuando la vivienda es alquilada, pues la prima puede presentarse como gasto deducible en el IRPF del arrendador, o si el inmueble se utiliza parcialmente para una actividad económica de un autónomo, permitiendo deducir proporcionalmente la parte del seguro.

