Requisitos para que personas mayores de 60 años accedan a la pensión de orfandad

Esta prestación busca ofrecer una red de protección para los hijos que, ya sean menores o adultos dependientes, enfrentan una grave afectación en su estabilidad económica tras la pérdida familiar

Una pareja mayor caminan con

La Seguridad Social ha indicado que las personas mayores de 60 años pueden acceder a la pensión de orfandad, siempre que cumplan ciertos requisitos específicos. Este régimen está dirigido principalmente a quienes poseen una discapacidad reconocida con un grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, siempre que dicha condición sea acreditada antes de cumplir los 21 años.

Este beneficio tiene como objetivo principal la pensión de orfandad. Según informa la Seguridad Social, la prestación está diseñada para mitigar la pérdida de ingresos tras el fallecimiento de un progenitor, creando así una red de protección para hijos que, ya sean menores o dependientes adultos, ven comprometida su estabilidad económica después de una pérdida familiar.

Desde la Seguridad Social han explicado que, para solicitantes mayores de 60 años, el requisito fundamental para obtener la prestación es demostrar una situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Es imprescindible que esta discapacidad haya sido reconocida antes de los 21 años o que el beneficiario ya estuviera percibiendo la pensión de orfandad al alcanzarla. Además, la prestación se mantiene de forma indefinida, siempre que continúen cumpliéndose los criterios establecidos.

Es imprescindible presentar informes médicos

Qué es la incapacidad permanente: cómo solicitar la pensión, qué enfermedades otorgan la ayuda y cuál es el importe que se recibe.

Para asegurar el acceso a la prestación, los beneficiarios deben aportar informes médicos que certifiquen la discapacidad y su continuidad en cada revisión. Otro aspecto clave es el historial de cotización del causante: si el fallecido estaba dado de alta o en situación asimilada en la Seguridad Social, es necesario demostrar al menos 500 días cotizados en los cinco años previos al deceso. Sin embargo, en casos de accidentes o enfermedades profesionales, no se exige este requisito de cotización previa.

En situaciones de orfandad absoluta, cuando el solicitante ha perdido ambos padres, la Seguridad Social ha previsto un aumento en la cuantía de la pensión otorgada, reconociendo la mayor vulnerabilidad económica de quienes han quedado sin apoyo parental total. Sin embargo, el monto exacto que reciba cada beneficiario dependerá de varios factores: la base reguladora del fallecido, el tipo de orfandad (simple o absoluta) y el número total de personas con derecho a la prestación.

La cuantía final puede variar según el historial laboral del causante. Si estaba en alta o en situación asimilada, se aplica la normativa vigente para calcular la base conforme a la Seguridad Social. En caso contrario, la base se establece tomando como referencia las cotizaciones acumuladas durante toda su trayectoria laboral. Si el fallecido era pensionista, la cuantía será la que ya percibía como pensión.

En resumen, la Seguridad Social confirma que todos estos elementos son fundamentales para determinar la pensión de orfandad a la que pueden acceder quienes cumplen con los requisitos legales vigentes, los cuales también están disponibles en la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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