Según el fallo emitido por un juzgado de Granada, el ejercicio de uno de estos derechos nunca puede condicionar ni limitar el disfrute del otro

Un juzgado de Granada ha aceptado el recurso presentado por una docente a quien la Junta solicitó la devolución de las retribuciones recibidas durante un permiso de lactancia acumulado, dado que posteriormente solicitó una excedencia para atender a su bebé. Esta sentencia aclara la compatibilidad de ambos derechos. De este modo, el juzgado de lo Contencioso-Administrativo 4 de Granada emitió un fallo pionero que reconoce la razón de la docente, eximiéndola de devolver el importe percibido por el permiso de lactancia acumulada.
La Junta de Andalucía reclamó la devolución del dinero cuando la docente solicitó la excedencia para cuidar a su hijo, pero la sentencia, calificada por CCOO como novedosa, ha estimado su recurso y ha explicitado que son dos derechos “plenamente compatibles”. El fallo establece que el ejercicio de uno de estos derechos “nunca” deberá condicionar ni limitar el disfrute del otro, corrigiendo así la interpretación previa del Gobierno andaluz, que reclamaba el reintegro de las cantidades abonadas a la maestra por la lactancia.
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Según CCOO, responsable de la defensa legal de la docente, el fallo fortalece el principio de que la conciliación laboral no debe generar un perjuicio económico para las trabajadoras, corrigiendo una situación injusta para una afiliada. Además, el sindicato ha solicitado a la Consejería andaluza de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que modifique sus procedimientos administrativos y cese en la aplicación de instrucciones que obligan a las docentes a litigar para reivindicar derechos que ya están reconocidos por ley y jurisprudencia.
Cómo funciona el permiso de lactancia
En España, el permiso de lactancia ha sufrido cambios significativos en los últimos años con la entrada en vigor de una nueva ley de conciliación familiar. Es fundamental conocerla en detalle para entender los derechos a los que pueden acogerse las familias durante los primeros meses tras un embarazo. Entre las reformas más relevantes se incluyen la eliminación de limitaciones anteriores, la universalización del derecho y una mayor flexibilidad en las formas de disfrute.
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Alicia Sánchez, secretaria de Mujer e Igualdad de la AUGC, comenta dos de las recientes reivindicaciones en defensa de los derechos de las mujeres en la Guardia Civil: la imposición de pruebas de embarazo a las opositoras y la creación tardía de una sala de lactancia en la Dirección General, lograda en 2023.
De acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, el permiso de lactancia constituye un derecho individual que faculta a los progenitores a ausentarse durante una hora diaria para amamantar o extraer leche materna. Este derecho se extiende tanto a hijos biológicos como adoptados, en guarda o acogida, hasta que el menor alcance los nueve meses. La normativa establece además que este permiso es personal e intransferible y debe respetarse independientemente de si el trabajador realiza una jornada completa o parcial. Por otro lado, las empresas deben garantizar un espacio adecuado para la lactancia en el centro laboral.
La nueva regulación también especifica el cálculo del permiso acumulado de lactancia. Para ello, se multiplica el número de días laborales desde la reincorporación del empleado hasta que el bebé cumpla los nueve meses por una hora diaria. Estas horas pueden ser transformadas en días completos al dividirse entre las horas establecidas en la jornada laboral. Así, por ejemplo, un trabajador que retome sus funciones cuando su bebé tiene tres meses y trabaje cinco días a la semana, acumulará 130 horas de permiso, equivalentes a 16,25 días laborales en una jornada estándar de ocho horas.
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La normativa también contempla casos en que ambos progenitores trabajan en la misma empresa. En tales situaciones, el empleador puede limitar el uso simultáneo del permiso de lactancia, siempre y cuando justifique por escrito causas objetivas vinculadas al funcionamiento de la empresa. Sin embargo, la empresa está obligada a proponer un plan alternativo que permita a ambos padres disfrutar del permiso, facilitando la conciliación de sus derechos.

