Las claves
La defensa de Begoña Gómez interpuso un recurso contra la solicitud del juez Peinado que exigía demostrar el uso del pasaporte tras su viaje al Reino Unido.
El juez demandó a Gómez certificar que utilizó el pasaporte exclusivamente para asistir a la graduación de su hija y que respetó las medidas cautelares impuestas.
La defensa sostiene que el control fronterizo británico es digital y la ausencia de sellos en el pasaporte no implica que no haya viajado.
El abogado de Gómez presentó los billetes de avión y solicitó que, si persiste la exigencia, se solicite confirmación a las autoridades británicas sobre la entrada y salida del país.
La defensa de Begoña Gómez ha presentado un recurso frente al «inasperado» requerimiento del juez Juan Peinado para que la esposa del presidente del Gobierno «justifique» el uso dado al pasaporte que le fue devuelto para realizar un viaje al Reino Unido la semana pasada con motivo de la graduación universitaria de una de sus hijas.
El 20 de junio anterior, Peinado impuso a Begoña Gómez medidas cautelares que incluían comparecencias quincenales en el juzgado, la prohibición de salir de España y la retención del pasaporte, al considerar un posible riesgo de fuga.
Sin embargo, el documento le fue devuelto por otro juez, Antonio Viejo, para facilitar el desplazamiento a Gran Bretaña con motivo de la graduación universitaria de su hija en Bristol.
Con el pasaporte devuelto, Peinado advirtió que no contiene sellos de entrada ni salida del Reino Unido.
Por esta razón, el lunes emitió una resolución que exige que «en un plazo improrrogable de cinco días, [Begoña Gómez] justifique que el pasaporte, cuyo retiro fue dejado sin efecto y que se le entregó el 8 de julio de 2026, ha sido utilizado para el fin específico para el cual se levantaron las medidas cautelares».
Además, la esposa de Pedro Sánchez fue convocada para acreditar que no realizó acto alguno que pueda constituir delito de quebrantamiento de medidas cautelares según lo establecido en el artículo 468.1 del Código Penal.
La defensa, representada por el abogado Antonio Camacho, señala en el recurso que la ausencia de un sello físico en el pasaporte no es prueba suficiente para concluir que no realizó el viaje al Reino Unido.
El letrado explica a Peinado que «la UK Border Force ha implementado gradualmente un sistema de control fronterizo basado en procesos electrónicos para la verificación de identidad y el registro digital de entradas, empleando eGates (puertas automatizadas de control de fronteras), pasaportes biométricos y sistemas electrónicos migratorios».
En consecuencia, «la falta de un sello de entrada en el pasaporte no tiene valor probatorio negativo por sí sola y no permite deducir que el interesado no ingresó al Reino Unido», añade el abogado, quien, para demostrar que Begoña Gómez utilizó correctamente la autorización temporal para viajar, presenta los billetes de avión de ida a Londres y retorno desde Bristol.
Exigencia «irrealizable»
Además, la defensa rechaza que Peinado haya solicitado a Gómez que demuestre no haber cometido actos que configuren el delito de quebrantamiento de medidas cautelares.
«Con el debido respeto a la resolución judicial, esta defensa debe señalar que dicho requerimiento, tal como fue planteado, invierte claramente un principio fundamental del proceso penal: la carga de la prueba recae en la acusación, nunca en la defensa«, argumenta.
El requerimiento formula una demanda que resulta materialmente impracticable en los términos expuestos, ya que impone a la defensa la obligación de probar un hecho negativo y difuso: que no se hizo un uso indebido de la autorización de salida del país», explica.
Por ello, en el recurso se solicita al juez que reconozca que la carga de probar el delito de quebrantamiento de medidas cautelares «corresponde exclusivamente a la acusación, sin que pueda exigirse a esta defensa demostrar la inexistencia de conducta delictiva alguna que no ha sido acreditada».
En caso de que Peinado mantenga la exigencia, el defensor solicita que se cursen oficios a la UK Border Force o a la Embajada del Reino Unido en España, mediante los canales de cooperación judicial internacional, para que certifiquen los registros digitales de entrada y salida del pasaporte de Begoña Gómez durante el periodo autorizado para su viaje.

