Edad y condiciones para que amas de casa accedan a la prestación mensual desde los 65 años

La pensión no contributiva de jubilación permite recibir hasta 628,80 euros mensuales a partir de los 65 años sin requerir años cotizados en la Seguridad Social

Enrique Devesa, investigador del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE), expone cómo la pensión percibida por los jubilados en España es un 60% superior a lo que han aportado a la Seguridad Social.

Más de 169.000 mujeres en España perciben mensualmente una pensión no contributiva de jubilación, una prestación pública que brinda la opción de acceder a hasta 628,80 euros al mes para quienes alcanzan los 65 años sin haber acumulado los años suficientes para una pensión común. Según el informe Perfil del pensionista de pensión no contributiva del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), el 72% de las beneficiarias de esta modalidad de jubilación son mujeres, muchas con trayectorias dedicadas al cuidado del hogar y familiares dependientes.

Esta prestación no es una ayuda específica para amas de casa, sino una figura del sistema español de protección social abierta a cualquier individuo que cumpla con los requisitos establecidos. Su propósito es garantizar ingresos mínimos a quienes llegan a la edad de jubilación sin recursos ni derecho a una pensión contributiva, ya sea por no haber cotizado o por no alcanzar los 15 años mínimos exigidos.

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De cara a 2026, el monto total de la pensión no contributiva de jubilación se sitúa en 8.803,20 euros anuales, distribuidos en 14 pagas de 628,80 euros cada una. Este importe representa un aumento del 11,4% respecto al año previo, cuando la prestación mensual era de 564,70 euros. La cuantía mínima para un beneficiario corresponde al 25% del importe íntegro, es decir, 157,20 euros al mes.

Quién está habilitado para solicitarla y qué condiciones debe cumplir

Para acceder a esta prestación es necesario cumplir ciertos requisitos. El primero es tener 65 años o más en el momento de la solicitud. Además, el solicitante debe demostrar residencia legal en España durante un mínimo de 10 años comprendidos entre los 16 años y la fecha del devengo, de los cuales al menos dos deben ser consecutivos y justo anteriores a la petición.

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(Imagen Ilustrativa Infobae)

El tercer requisito es de índole económica: los ingresos anuales del solicitante no deben superar los 8.803,20 euros. Si la persona reside con familiares, la Seguridad Social evalúa las rentas totales del núcleo de convivencia, aplicando umbrales que varían según el número de habitantes y el grado de parentesco. En los hogares donde conviven dos o más beneficiarios de pensión no contributiva, la cantidad máxima individual se reduce: baja a 534,48 euros mensuales si hay dos perceptores y a 503,04 euros en caso de tres.

Una prestación presente en el sistema desde hace décadas

Aunque algunos medios presentan esta ayuda como reciente, la pensión no contributiva de jubilación forma parte del sistema español de protección social desde los años noventa. Lo que explica su actualidad es, en parte, el desconocimiento que aún existe entre quienes podrían acceder a ella.

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Enrique Devesa, investigador del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE): detalla las acciones que se podrían implementar para reducir el gasto en pensiones y asegurar la sostenibilidad del sistema público.

Los registros del Imserso de diciembre de 2025 mostraban 460.817 pensiones no contributivas en vigor a nivel nacional, entre jubilación e incapacidad. De este total, 234.756 correspondían a la modalidad de jubilación, con una mayoría femenina: 169.078 beneficiarias, con edades predominantes entre los 70 y 74 años.

La desigualdad de género en el sistema pensional explica, en parte, esta distribución. Según datos del Instituto de las Mujeres, la pensión media de los hombres en enero de 2025 era de 1.564 euros al mes, en contraste con los 1.071,76 euros de las mujeres, lo que implica una diferencia del 31%. Según el Imserso, son precisamente las mujeres quienes “perciben más pensiones no contributivas, de menor cuantía y incompatibles con otros tipos de ingresos”.

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