Las claves
El Ministerio para la Transición Ecológica ha solicitado al TSJA que exija al Ayuntamiento de Carboneras convocar un pleno en un plazo de 72 horas para anular la licencia del hotel Algarrobico.
Esta solicitud surge tras el aplazamiento de la votación para implementar la sentencia que declara nulo el permiso de obras, acuerdo adoptado con los votos del PSOE.
El Ministerio alerta sobre posibles sanciones económicas y responsabilidad penal para autoridades y funcionarios que no atiendan la orden judicial.
También se ha requerido identificar a quienes entregaron la documentación solicitada, indicando que, de no hacerlo, el secretario y el alcalde serán considerados responsables.
Un plazo máximo de 72 horas. Ese es el tiempo que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha otorgado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para que demande al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) convocar un pleno.
El fin es que se resuelva el procedimiento de revisión de oficio de la licencia de obras del hotel Algarrobico.
La petición se realiza después de que el pleno municipal, con el respaldo del PSOE, decidiera aplazar la votación del acuerdo orientado a ejecutar la sentencia que anula el permiso. Hay que recordar que, debido a este motivo, los concejales socialistas fueron suspendidos de militancia.
El Ministerio, presente en el procedimiento a través de la Abogacía del Estado, ha solicitado a la Sala que solicite al Ayuntamiento que, en un plazo máximo de 48 horas, envíe una copia del acta de la sesión plenaria celebrada el 17 de junio, aunque desde fuentes municipales aseguran que esta documentación ya está remitida al TSJA.
Además, ha requerido que, dada la resolución adoptada en esa sesión, se fije el plazo máximo de 72 horas para que el Ayuntamiento celebre el pleno y emita una resolución sobre la revisión de oficio de la licencia concedida el 13 de enero de 2003 a la empresa Azata del Sol, S.L.
El Ministerio también ha solicitado que se advierta expresamente a la Corporación municipal que la falta de cumplimiento con estos requerimientos conllevará la inmediata aplicación de las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
Para estos fines, se ha pedido que la Corporación proceda a identificar al responsable o responsables que enviaron la documentación requerida, advirtiendo que, si no se hace, se presumirá responsabilidad del secretario y del alcalde del Ayuntamiento de Carboneras.
Multas y posible responsabilidad penal
En caso de incumplimiento de los requerimientos formulados por la Sala, el Ministerio ha solicitado que se disponga la ejecución subsidiaria de la sentencia, conforme al artículo 108.1.a de la LJCA.
Específicamente, el artículo 112 de la LJCA prevé la imposición de multas coercitivas a autoridades, funcionarios o agentes que no atiendan las órdenes del Juzgado o de la Sala.
Asimismo, contempla la reiteración de estas multas hasta que se complete la ejecución del fallo judicial, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales que pudieran surgir.
El mismo artículo también establece la posibilidad de solicitar el testimonio pertinente de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera derivarse.

