Actualización en la financiación pública para gasas, sondas y productos de ostomía por parte de Sanidad

Sanidad impulsa dos reformas: nueva financiación de productos sanitarios y ley para dar voz a los pacientes

Foto: Imagen de archivo Mónica García. (Alberto Ortega / Europa Press)

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos medidas promovidas por el Ministerio de Sanidad que fortalecen, por un lado, la regulación sobre los productos sanitarios financiados con recursos públicos y, por otro, el rol institucional de las organizaciones de pacientes dentro del Sistema Nacional de Salud (SNS).

La primera medida consiste en un real decreto que actualiza el sistema de financiación y establecimiento de precios para los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica destinada a pacientes extrahospitalarios. La normativa reemplaza un marco regulador vigente desde 1996 y propone un modelo de financiamiento selectivo basado en criterios uniformes de eficiencia, sostenibilidad y valor clínico, alineando este ámbito con el sistema existente para los medicamentos.

El nuevo esquema define qué productos serán financiables —como materiales de cura, productos de ostomía, sondas, bolsas de orina o aparatos de inhalación— y establece los requisitos para su incorporación, que no será automática: requerirá una resolución administrativa y una evaluación técnica y económica. Entre los criterios a valorar se incluyen la utilidad clínica, la comparación con opciones disponibles, el coste-efectividad, el impacto presupuestario y los precios en otros países de la Unión Europea. La Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos será la entidad responsable de fijar los precios de financiación.

La norma introduce también innovaciones tales como la obligación de asegurar el suministro de los productos financiados, la posibilidad de sustitución ante falta de disponibilidad y un nuevo sistema de márgenes para distribución y dispensación, con cantidades fijas aplicables a los productos con mayor coste. El real decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2026, con una implementación progresiva hasta el año 2028.

Paralelamente a esta regulación, el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley de las organizaciones de pacientes, un texto que reconoce por primera vez su personalidad jurídica y las posiciona como interlocutores institucionales frente a la Administración General del Estado. Hasta ahora, su actividad se regía por la legislación general de asociaciones, sin un marco legal específico que regule su participación en el sistema sanitario.

El anteproyecto asegura la intervención de estas organizaciones en los órganos de gobernanza del SNS y en la elaboración de estrategias, planes y programas sanitarios. Asimismo, define sus derechos —como el acceso a información pública relevante, la participación en políticas de salud o el acceso a financiación pública bajo criterios transparentes— y establece responsabilidades en materia de transparencia, rendición de cuentas y prevención de conflictos de interés.

La futura ley también contempla la creación de un Censo Estatal de Organizaciones de Pacientes y de una Mesa para la Participación de los Pacientes como espacios permanentes de diálogo con la Administración. El texto incluye aportaciones de diversas entidades del sector y prevé una excepción para las organizaciones que representan a pacientes con enfermedades raras, comprometiéndose a desarrollar requisitos específicos y proporcionados para su inclusión en la norma.

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