El juez ha determinado mantener a Elisa Mouliaá como parte acusadora en el proceso judicial contra Íñigo Errejón por un supuesto abuso sexual.
En un primer momento, Mouliaá retiró su denuncia, pero posteriormente acudió al juzgado para continuar como acusación y solicita tres años de prisión y 30.000 euros de indemnización para Errejón.
La Fiscalía no presenta cargos contra Errejón, al considerar que la relación fue consentida y no constituye un delito.
Errejón ha sido convocado para declarar ante el juzgado, donde se le notificará la apertura del juicio oral, mientras que la Audiencia de Madrid debe pronunciarse sobre un recurso presentado por su defensa.
El juez Adolfo Carretero ha resuelto mantener a la actriz Elisa Mouliaá como acusadora en la causa contra el exdiputado y exportavoz de Sumar Íñigo Errejón por presunto delito de abuso sexual.
En la resolución difundida hoy, el magistrado considera «no ratificada» la renuncia al ejercicio de la acción penal que Mouliaá presentó el día 4 en un escrito donde pedía ser excluida como acusación de forma «irrevocable».
No obstante, Mouliaá compareció en el Juzgado el pasado martes acompañada de su abogado, expresando su intención de no validar la renuncia y proseguir con la acusación contra Errejón, para quien reclama tres años de cárcel y 30.000 euros por daños morales.
Carretero sostiene que «la renuncia no fue ratificada y solo resultaría irrevocable si Elisa Mouliaá no se hubiese personado como acusación particular con representación legal».
«Especialmente», agrega, «al existir ya un escrito de acusación presentado, porque aceptar esa renuncia equivaldría a validar escritos efectuados por perjudicados sin firma de abogado y procurador, como peticiones de diligencias o acusaciones, lo cual no se admite por motivos de seguridad jurídica».
De acuerdo con Carretero, la normativa exige que quienes participan en procesos presenten sus escritos siempre firmados por abogado y procurador, «incluyendo la renuncia a la acción penal que no constituye excepción».
El juez ha citado a Errejón para que acuda al Juzgado el próximo martes, momento en que se le comunicará la resolución de apertura del juicio oral en su contra.
La Fiscalía ha decidido no acusar a Errejón, al no encontrar indicios penales en los hechos denunciados por Mouliaá tras la investigación realizada.
La fiscal encargada del caso solicitó en diciembre pasado el archivo de las diligencias, considerando que la relación sexual fue consensuada entre ambas partes y que «el acto de acercarse [Errejón] sin mesura ni delicadeza a una persona adulta, consciente y con plena capacidad, sin relación de superioridad, con intenciones de conocerse y, eventualmente, iniciar una relación, aunque no se cumpliera esta expectativa, supera ampliamente» lo que el Código penal tipifica como abuso sexual.
Por su parte, la Audiencia de Madrid está a la espera de resolver el recurso interpuesto por la defensa de Errejón, que cuestiona la orden de llevarle a juicio.

