La sentencia establece que ausentarse del trabajo por una urgencia veterinaria se considera una ausencia justificada, aunque esto no implica el cobro del salario correspondiente ni que se trate de un permiso retribuido

Con el aumento de la presencia de animales de compañía en los hogares, cada vez resulta más común que un empleado enfrente una urgencia veterinaria y necesite cuidar a su mascota. Muchos trabajadores desconocen si pueden faltar al trabajo en estas circunstancias y cuáles serían las repercusiones laborales. Sin embargo, una reciente sentencia de un juzgado de Barcelona establece que un trabajador tiene derecho a faltar por una urgencia veterinaria y que la empresa no puede sancionarlo por ello.
Así lo ha señalado el abogado Ignacio de la Calzada en uno de sus recientes vídeos en TikTok, calificando el fallo como “pionero” y afirmando que “se puede faltar al trabajo por una urgencia veterinaria y la empresa no puede penalizarte por esa causa”. La sentencia afecta especialmente a quienes conviven con animales de compañía y proviene de un caso específico: “Se trata de una trabajadora que se ausentó varios días debido a una urgencia veterinaria de su perro”, explica De la Calzada. Los hechos ocurrieron en Barcelona, donde la empleada fue despedida tras informar que no podía acudir a su puesto por la emergencia médica de su mascota.
El juez reconoce la urgencia veterinaria como motivo justificado de ausencia
Durante el proceso judicial, la trabajadora impugnó el despido y el juez analizó las circunstancias del caso. Según detalla el abogado, “la ausencia no fue culpa de la trabajadora, era un hecho imprevisto, inevitable y se necesitaba que ella actuara”. El tribunal sostuvo que atender una urgencia veterinaria constituye un motivo válido para ausentarse del trabajo, siempre que dicha situación sea imprevista. El abogado puntualiza: “Esa falta no puede considerarse una infracción”.
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La resolución judicial añade un elemento importante sobre la interpretación de las ausencias laborales. De la Calzada aclara que no se trata de un permiso retribuido, sino de una ausencia justificada: “Es posible faltar al trabajo si la mascota sufre una urgencia. Pero no, no significa que sea un permiso pagado ni debe ser considerado como tal”. Este punto es clave, ya que diferencia la justificación de la ausencia del derecho a recibir la remuneración por ese día.
La empresa puede descontar el día del salario
La sentencia señala que “si es necesario ausentarse debido a una urgencia veterinaria, como la de nuestras mascotas, no pueden sancionarte por ello. Y si lo hacen, como en este caso, el despido sería improcedente”. Esta interpretación ampara a los trabajadores que interrumpen su jornada por motivos relacionados con la salud de sus animales, aunque no otorga el derecho a conservar el sueldo de esos días.
El abogado enfatiza en la distinción entre “ausencia justificada” y “permiso retribuido”. Explica que “la ausencia justificada implica que no pueden imponer sanciones ni medidas disciplinarias. En cambio, permiso retribuido significa que deben pagar el día. Son conceptos distintos”. De la Calzada resalta que, aunque el trabajador tenga derecho a faltar, la empresa puede descontar esas horas del salario o exigir su recuperación posterior.
Finalmente, Ignacio de la Calzada subraya la importancia de conocer los derechos laborales vinculados a las mascotas. “Por ello, ante una urgencia, es fundamental comunicarlo a la empresa y, sobre todo, contar con un justificante veterinario”, aconseja el abogado, quien destaca la relevancia de documentar adecuadamente la situación.

