Condena de 12 años por explotación sexual de su hija de 13 años en Ciudad Real

La menor soportó tres años de abusos sexuales organizados por su madre

Fachada del Tribunal Supremo, a

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a una mujer por prostituir de manera sistemática a su hija menor en Ciudad Real. La sentencia impone a la madre una condena de 11 años y 11 meses de prisión, mientras que el hombre involucrado en las agresiones sexuales fue sentenciado a 10 años de cárcel. Según informa EFE, los hechos ocurrieron durante un período de al menos tres años.

La niña tenía 13 años cuando comenzaron las agresiones por parte de un hombre de 67 años. El tribunal superior ratificó que el varón conocía plenamente la edad de la menor, circunstancia bajo la cual perpetró los abusos en los años 2020, 2021 y 2022. La joven, que hasta ese momento no había tenido relaciones sexuales, fue víctima de agresiones reiteradas, y tras cada una de ellas el agresor entregó diversas cantidades de dinero tanto a la menor como a su madre. Estos pagos oscilaban entre 20 y 1.000 euros, sumando un total de 6.000 euros distribuidos entre ambas.

Según la información difundida por EFE, los encuentros sexuales tuvieron lugar en el domicilio familiar de Ciudad Real y en el vehículo del agresor. Los desplazamientos dentro de la provincia fueron facilitados por la madre, quien proporcionaba autorizaciones escritas dirigidas explícitamente al varón para permitir los viajes con la menor. Estos documentos firmados forman parte de las pruebas presentadas en el juicio, junto con los recibos que acreditan las entregas de dinero a la niña para mantener relaciones sexuales, los cuales contaban con la firma tanto de la madre como de la hija.

De 20 a 12 años de prisión: el Supremo reduce la condena a los implicados

Un juez dicta sentencia (Adobe

En primera instancia, la Audiencia Provincial de Ciudad Real impuso a la madre 20 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual y otro de corrupción de menores. Al agresor le fue asignada una pena de 17 años por los mismos delitos. En esa resolución, la sala también ordenó una indemnización conjunta de 25.000 euros para la menor, en compensación por los daños morales sufridos.

Ambos condenados presentaron recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que revisó las sentencias iniciales. Finalmente, la pena para la madre se redujo a 11 años y 11 meses, al considerar el delito de corrupción de menores en concurso con agresión sexual. Por su parte, el hombre fue absuelto del cargo de corrupción de menores, fijándose su condena en 10 años por agresión sexual.

En el recurso ante el Tribunal Supremo, la defensa de la madre argumentó que no se cumplían los requisitos para dar plena validez a la declaración de la menor como prueba suficiente; asimismo, sostuvo que la víctima había declarado que su madre no tuvo iniciativa ni conocimiento de las agresiones. El agresor, por su lado, se sumó al recurso interpuesto por la mujer.

Sin embargo, el Supremo rechazó estos argumentos. Según detalla EFE, el tribunal señala que “de manera razonada la sentencia justifica la responsabilidad” atribuida a la madre. Para sustentar esta conclusión, se basa en el relato de la menor, el testimonio de una persona que llegó a reprochar a la acusada y ante la cual la madre reconoció que prostituía a su hija y había vendido su virginidad, así como en los documentos firmados por ambas protagonistas de los hechos.

Además, la sala descartó la aplicación de la eximente completa por alteración psíquica. El tribunal concluyó que, aunque la condenada había sido diagnosticada con trastorno ansioso depresivo, no hay pruebas suficientes que indiquen que esta condición le impidió entender la ilicitud de su conducta.

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