El Supremo autoriza juzgar a Ábalos, impidiendo que continúe cobrando y votando como diputado

La Sala de Apelación ratifica los indicios de criminalidad atribuidos al ex secretario de Organización del PSOE.

El ex ministro Ábalos a su llegada al Supremo el día que el juez ordenó su ingreso en prisión.

El Tribunal Supremo rechazó este miércoles los recursos de apelación presentados por el ex ministro de Transportes José Luis Ábalos y su ex asesor Koldo García contra el auto del magistrado instructor Leopoldo Puente, que ordenó enviarlos a juicio por la trama de las mascarillas durante la pandemia, la colocación de sus amigas cercanas en empresas públicas, la operación de arrendamiento de un chalé en La Línea de la Concepción (Cádiz) y la estancia del ex ministro en un chalé vacacional en Marbella (Málaga), entre otros hechos. Actualmente, Ábalos y Koldo están en prisión preventiva en el centro penitenciario de Soto del Real (Madrid).

Esta decisión, ya firme, confirma el auto del juez Puente que detecta indicios suficientes de responsabilidad penal para proseguir con el procedimiento abreviado por diversos delitos de corrupción —integración en organización criminal, cohecho, uso de información privilegiada, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos—.

Además, esta resolución tendrá efectos para Ábalos como parlamentario según el artículo 21 del Reglamento del Congreso, que establece: «Los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta».

El auto implica la pérdida definitiva de derechos parlamentarios, aunque el ex secretario de Organización del PSOE puede mantener su acta. Esto implica que no tiene derecho a recibir remuneración del Presupuesto del Congreso ni a participar en su actividad. En definitiva, queda completamente cerrada la posibilidad de votar de forma telemática, una vía que, según algunos juristas, podría haberse considerado tras la última reforma del Reglamento de la Cámara Baja que incluye el voto telemático por causas excepcionales de fuerza mayor.

Ábalos, aunque forma parte del Grupo Mixto, continuaba votando siguiendo las directrices de los socialistas, quienes ahora cuentan con un apoyo menos. Esto significa que para aprobar cualquier iniciativa necesitan sí o sí el respaldo de los siete diputados de Junts.

De hecho, este miércoles el imputado publicó en la red social X un comentario donde señala que «dado que sigo siendo diputado con todos mis derechos, deberes y prerrogativas parlamentarias intactas, he solicitado a la Mesa del Congreso autorización para ejercer mi derecho al voto de forma telemática en las sesiones de hoy (si se celebran) y mañana 11 de diciembre».

La solidez de los indicios

La Sala de Apelación del TS desestima todos los argumentos presentados por los recurrentes y recuerda que el auto de procedimiento abreviado debe incluir un análisis de hechos basado en indicios para comprobar que existen elementos suficientes que justifiquen la presunta comisión de los hechos.

En cuanto a las valoraciones sobre la fortaleza o debilidad de algunos elementos probatorios alegados por Ábalos y Koldo, el auto considera que se trata de argumentos defensivos «que no logran desvirtuar la firmeza de los indicios señalados por el Instructor, y que anticipan debates propios del juicio oral. Ni el Instructor ni esta Sala de Apelación están facultados para emitir un juicio prematuro; su función se limita a preparar el proceso tras constatar la existencia de una base indiciaria racional y suficiente».

Para el tribunal, «las diligencias propuestas, vistas en un juicio preliminar, independientemente de su resultado, no parecen tener la capacidad de desmentir el sólido conjunto indiciario recogido por el instructor, que ya ha motivado acusaciones formales y la prisión provisional. Quizás durante el juicio oral se puedan introducir matices o incluso refutar algunas pruebas. Pero extender la investigación carece de sentido cuando, además de existir personas en prisión preventiva, ni siquiera la previsión más optimista para el recurrente permite creer que estas diligencias desmonten el nivel indiciario —menos exigente que el requerido para una condena— que justifica la prosecución del proceso y la apertura del juicio oral».

El juicio: a principios de 2026

Según informó EL MUNDO, se espera que Ábalos comparezca como acusado ante el Alto Tribunal en los primeros meses de 2026. Esto ocurre, entre otras razones, porque el caso Koldo es la única causa con presos actualmente en la Sala de lo Penal, lo que le otorga prioridad frente a otros procesos en curso.

La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado una pena de 24 años de prisión para el ex ministro de Transportes en esta pieza separada. La condena mínima que enfrenta el ex dirigente socialista por cinco delitos es de 12 años y medio de prisión.

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