El caso se originó a raíz del hallazgo de un cadáver en Puebla de Sanabria, y la mujer implicada era la dueña del inmueble donde residía la víctima

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a un guardia civil acusado de revelación de secretos y de incumplimiento del deber de perseguir delitos, debido a su relación sentimental con una de las sospechosas. Tras examinar la validez de las pruebas, el tribunal concluyó que ninguna de las acusaciones formuladas contra el agente podía sostenerse, y la nulidad de las intervenciones telefónicas que sustentaban el caso eliminó el soporte de las imputaciones realizadas por el Ministerio Fiscal.
El caso tiene su origen en Puebla de Sanabria, donde en 2019 se investigaba la aparición del cadáver de un hombre localizado en la margen izquierda del río Tera, aguas abajo del Lago de Sanabria. Este hallazgo desencadenó una serie de diligencias que, con el tiempo, involucraron a varios juzgados y, finalmente, al guardia civil juzgado.
La investigación inicial, complicada por la dificultad para identificar al fallecido y por el contexto social complejo en el que se encontraba, fue generando líneas sucesivas de trabajo policial. Durante el proceso, la Guardia Civil emitió distintos oficios solicitando el análisis de comunicaciones y movimientos telefónicos de personas vinculadas indirectamente al entorno del fallecido, entre ellos la pareja del hombre y la propietaria del piso donde ambos residían. Las conclusiones preliminares de estos informes, sin embargo, se apoyaban en datos dispersos y relaciones personales lejanas, aunque esto no impidió que los juzgados autorizaran varias medidas para intervenir comunicaciones privadas.
Posible incumplimiento del deber de perseguir delitos
Con el avance de la investigación, las diligencias fueron trasladándose entre diferentes órganos judiciales: inicialmente desde Puebla de Sanabria a Verín, y de ahí a Bande, donde finalmente se iniciaron las diligencias previas 52/2022. El proceso fue evolucionando y, casi como una derivación de la investigación principal, surgieron indicios que apuntaban a conversaciones entre la propietaria del piso y un guardia civil con quien la mujer había tenido una relación años atrás.
Estas comunicaciones llevaron a que las intervenciones telefónicas incluyeran también al agente, bajo la sospecha de que podría haber incurrido en una omisión del deber de perseguir delitos o incluso en conductas más graves relacionadas con el caso original.
Sin embargo, la consistencia de aquella cadena de sospechas se debilitó al examinar el expediente detalladamente. Varios de los autos que autorizaban la interceptación carecían de una motivación adecuada o de indicios objetivos que justificaran una medida tan invasiva.
La defensa lo planteó desde el inicio, y con el tiempo la Audiencia constató la ausencia de una base real que vinculara a la mujer, y mucho menos al agente, con la muerte investigada. Algunos datos usados en los oficios policiales resultaron ser inexactos, erráticos o insuficientes, especialmente aquellos que intentaban conectar al acusado con el fallecido a través de su relación anterior con la mujer investigada.
La información obtenida quedó invalidada desde el principio
Cuando el procedimiento llegó a la Audiencia Provincial de Ourense, la causa había cambiado completamente de naturaleza. La acusación contra el guardia civil no recaía sobre el homicidio, sino en supuestas filtraciones de información y omisión del deber de perseguir delitos. No obstante, esta acusación dependía, en última instancia, de la legalidad de las intervenciones telefónicas que habían revelado las conversaciones ahora impugnadas. Allí centró la Sala su análisis: si los autos que autorizaban esas escuchas eran nulos, todo lo derivado de las mismas debía considerarse también inválido.
Esta revisión judicial, que examinó uno por uno los oficios policiales y autos dictados entre 2020 y 2021, concluyó que la intervención en las comunicaciones se basó en simples conjeturas, sin indicios firmes ni sospechas justificadas. Por lo tanto, la información recopilada fue defectuosa desde su origen. De esta manera, el proceso iniciado como una derivación de una investigación por posible homicidio terminó desmoronándose, eliminando el sustento de las acusaciones.
La Guardia Civil recupera las obras de arte. (Guardia Civil)
Durante el juicio oral, celebrado en noviembre de 2025, el relato acusatorio había perdido toda solidez. Ni las llamadas, ni las consultas en bases policiales, ni las conversaciones intervenidas lograron mantenerse como pruebas válidas. En consecuencia, la acusación no pudo probar que el acusado hubiera ocultado información relevante sobre un fugitivo ni que hubiera omitido su obligación de perseguir delito alguno. Finalmente, la Audiencia lo absolvió, poniendo fin a un procedimiento que se extendió a lo largo de seis años, tres juzgados y múltiples diligencias que, según el tribunal, nunca debieron haberse autorizado.

