La CNMV impone una multa de 300.000 euros a Gerard Piqué y José Elías por uso de información privilegiada en la oferta de Atrys sobre Aspy

El supervisor impone una multa de 200.000 euros al exfutbolista por la adquisición de 104.166 acciones y al empresario con 100.000 euros por transmitir información confidencial sobre la operación

Edificio de la CNMV y fotografías del empresario José Elías y del exfutbolista Gerard Piqué.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha impuesto sanciones a Gerard Piqué y al empresario José Elías por el empleo de información privilegiada relacionada con la propuesta de Atrys Health para la adquisición de Aspy Global Services. Conforme a la resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el exfutbolista fue multado con 200.000 euros por comprar 104.166 acciones de Aspy tras haber recibido información confidencial sobre la operación, mientras que el fundador de Audax Renovables tendrá que abonar 100.000 euros por facilitarla ilegalmente.

La sanción deriva de una resolución adoptada por el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores del 25 de febrero de 2026, ahora publicada en el BOE mediante resolución del 22 de abril. El organismo regulador considera que ambos incurrieron en infracciones «muy graves» contempladas en la normativa vigente del mercado de valores al momento de los hechos y en el Reglamento europeo relativo al abuso de mercado.

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En cuanto a Francisco José Elías Navarro, la CNMV le atribuye haber realizado una “comunicación ilícita” a Gerard Piqué de información privilegiada vinculada al inicio de las negociaciones sobre la oferta de Atrys Health para comprar Aspy Global Services. Dicha información no estaba aún disponible públicamente cuando, según el regulador, fue transmitida al exjugador del Fútbol Club Barcelona.

Por otro lado, la conducta sancionada a Gerard Piqué es diferente. El Boletín Oficial del Estado detalla que adquirió 104.166 acciones de Aspy Global Services el 20 de enero de 2021, mientras poseía información privilegiada facilitada por José Elías. Posteriormente, vendió esos valores el 27 de enero de ese mismo año, logrando un beneficio económico con la operación.

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Las conversaciones se divulgaron dos días después

La información sobre el comienzo de negociaciones entre Atrys y Aspy se publicó el 22 de enero de 2021, a las 17:05 horas, mediante una comunicación de información privilegiada. Cuatro días después, el 26 de enero, Atrys presentó una oferta voluntaria para adquirir el 100% de las acciones de Aspy Global Services.

La propuesta ofrecía dos alternativas para los accionistas de Aspy: recibir efectivo a razón de 2,875 euros por acción, o aceptar un canje con la emisión de acciones ordinarias nuevas de Atrys. La oferta dependía, entre otros requisitos, de conseguir adhesiones que representasen al menos el 90% del capital social de Aspy.

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Según los documentos relacionados con la operación, Atrys manifestó en ese momento su intención de promover la exclusión de cotización de las acciones de Aspy en BME Growth, tras la liquidación de la oferta, en función del resultado obtenido.

Las sanciones son susceptibles de recurso

La resolución publicada en el BOE especifica que las sanciones son definitivas en vía administrativa, aunque pueden todavía revisarse judicialmente. En particular, es posible interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

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La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado se realiza tras la conclusión del procedimiento sancionador por parte de la CNMV y conforme a la normativa que exige revelar ciertas sanciones impuestas por infracciones muy graves en los mercados de valores.

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