La Sala sostiene que «aunque la ejecutoria de la sentencia todavía no ha sido incoada», la consecuencia lógica del pronunciamiento de esta es el cese de las medidas cautelares aplicadas sobre el empresario

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha levantado las medidas cautelares impuestas al empresario Víctor de Aldama, condenado en el caso Koldo y reconocido por su colaboración determinante con la Justicia.
En una providencia, a la que tuvo acceso EL MUNDO, la Sala presidida por el magistrado Andrés Martínez Arrieta afirma que, aunque la ejecutoria de la sentencia que impuso 24 años de prisión al ex ministro de Transportes y ex secretario de Organización del PSOE José Luis Ábalos, 19 años a su ex asesor Koldo García y 4 años y medio a Aldama aún no ha sido incoada», no es menos cierto que la consecuencia lógica de dicha sentencia firme es la cancelación de las medidas cautelares adoptadas anteriormente por el magistrado instructor» respecto del empresario.
El Alto Tribunal accede así a la solicitud presentada por el abogado José Antonio Choclán, quien pidió que se anularan las medidas dictadas en diciembre de 2024 por el magistrado Leopoldo Puente contra Aldama. Estas consistían en la retirada del pasaporte, la prohibición de salir del país y la obligación de presentarse quincenalmente en sede judicial. Con esta resolución, la Sala de lo Penal devuelve al empresario la libertad de movimiento.
En su fallo, la Sala Segunda reconoció la atenuante muy cualificada de confesión debido a su colaboración «relevante» con la Justicia. Los siete magistrados que componían el tribunal, por unanimidad, concluyeron que, en el caso de Aldama, «no hay duda sobre la importancia de la cooperación brindada, desde la perspectiva de perseguir actos graves de corrupción ocurridos dentro de una organización criminal en la que, como se ha señalado, formaba parte un ministro del Gobierno y que operaba extendiendo su influencia a otras entidades y organismos públicos».
El Supremo valoró su colaboración porque fue «especialmente decisiva» y «relevante» para avanzar en diversos aspectos de la investigación, «determinando el alcance de dicha organización delictiva, identificando a otros posibles implicados y proporcionando datos e información crucial sobre otros hechos presuntamente ilícitos».
El TS evitó que Víctor de Aldama ingresara en prisión gracias a su contribución en la detección de los delitos, condicionándolo a no cometer nuevos ilícitos, entregar un informe semestral de actividades y realizar un año de trabajos en beneficio de la comunidad.

