El juez Peinado sienta en el banquillo a la esposa del presidente del Gobierno, su asesora en Presidencia y el empresario Barrabés. Le retira el pasaporte, le impide salir del país y le obliga a presentarse cada 15 días

El juez Juan Carlos Peinado emitió ayer un auto contundente contra la esposa del presidente del Gobierno, que marca el cierre de una investigación iniciada en abril de 2024. El magistrado del Juzgado 41 de Madrid envía a María Begoña Gómez Fernández al banquillo para responder a cuatro delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de fondos públicos. Además, le impone medidas cautelares que le impedirán acompañar a Pedro Sánchez en viajes oficiales. Le retira el pasaporte, le prohíbe salir del país y le obliga a comparecer ante el juzgado cada 15 días.
El auto de apertura de juicio oral también alcanza a su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, imputada por los mismos cuatro delitos. Igualmente, envía a juicio por los dos primeros al empresario Juan Carlos Barrabés, quien colaboró en la creación de su cátedra en la Complutense y para quien redactó cartas de recomendación en licitaciones públicas.
Esta resolución implica que Peinado da por finalizada la instrucción del caso Begoña y ordena su traslado a la Audiencia Provincial, encargada de organizar el juicio ante un jurado. La celebración de la vista oral, así como la decisión de si se realiza con jurado o tribunal profesional, queda en manos de la Sección 23 de la Audiencia de Madrid, que aún debe resolver recursos clave contra la decisión de Peinado de promover un juicio con jurado.
La extensa resolución de 84 páginas sostiene que Begoña Gómez cometió los delitos «aprovechando» su condición de esposa del presidente. El inicio del relato de los hechos delictivos en que se basa el auto coincide con la llegada de Sánchez al cargo.
LA INVESTIDURA. «Tras la investidura de Pedro Sánchez se produce un cambio radical en la trayectoria de María Begoña Gómez Fernández», afirma Peinado. Poco después es contratada para liderar el Africa Center del Instituto de Empresa (IE), instituto cuya investigación fue impedida al juez por la Audiencia. En esta posición contactó con el empresario Juan Carlos Barrabés, quien resultó decisivo en la etapa siguiente.
LA CÁTEDRA. En 2020, Begoña Gómez «promueve una nueva línea de actividad profesional» en la Complutense, donde dirigía un máster en fundraising. Tras un encuentro con el rector de la UCM en La Moncloa, se constituye una cátedra extraordinaria en Transformación Social Competitiva con ella como directora. La financiación de este proyecto llamó la atención del juez: «Se estructuró mediante aportaciones de empresas de primer nivel con vínculos diversos con la Administración General del Estado y otras instituciones oficiales». «La importancia de este hecho», añade, «no se limita a la mera existencia de financiación privada, sino al contexto en que se obtiene y a la posición singular que desempeña Begoña Gómez. De hecho, las aportaciones se dieron en un marco en el que Gómez, esposa del Presidente del Gobierno, combinaba su papel institucional, actividad académica y relaciones con directivos y empresas con intereses públicos».
Fue en este momento cuando recurrió a Barrabés, a quien «solicitó apoyo» para desarrollar el máster dentro de la cátedra. «Es relevante», señala el auto, «la coincidencia entre los proyectos promovidos por Begoña Gómez y la adjudicación de contratos públicos a empresas vinculadas al entorno empresarial de Barrabés», que multiplicó sus contrataciones públicas. Ella firmó cartas de recomendación a favor de Barrabés para licitaciones «impulsadas por una entidad pública [Red.es] dependiente del mismo Gobierno que presidía su esposo desde hacía dos años».
EL ‘SOFTWARE’ FINANCIADO. Con la cátedra y el máster en marcha, Gómez «mantuvo diversas reuniones con altos cargos de grandes empresas» para financiar un software destinado a medir el impacto social en pymes. Aportaron fondos empresas como Google, Telefónica e Indra. La colaboración con Google se activó tras un encuentro entre Gómez y uno de sus directivos en un acto del Partido Socialista, precedido por otro en La Moncloa. Por su parte, los representantes de Telefónica e Indra declararon como testigos que su apoyo no se correspondía con la actividad «habitual» de sus compañías.
LA APROPIACIÓN. El auto continúa narrando la supuesta apropiación indebida del software. Por ley este pertenecía a la Complutense, aunque Gómez no completó el trámite para formalizarlo. «Se constató que la documentación necesaria para concluir el proceso no fue facilitada, sin que se ofreciera explicación alguna». Paralelamente, señala, Gómez «garantizó el control privado sobre los elementos identificativos y de explotación del proyecto».
La esposa del presidente fundó una empresa de la que fue única administradora, con el nombre de la cátedra. Registró la marca a su nombre y la página web donde se alojaba la plataforma estaba bajo su propiedad. Todo esto sin notificar a la Complutense ni a las empresas colaboradoras. Además, cortó bruscamente relaciones con ellas tras desarrollar el software. El juez advierte una «clara confusión» sobre la propiedad de la plataforma para cualquier usuario que ingresara al sitio web. El último informe de la UCO refleja que la empresa de Begoña Gómez llegó a recibir un pago de un usuario registrado en la plataforma, que en teoría pertenecía a la Complutense.
El auto evalúa la conducta de la esposa del presidente: «La cronología expuesta sugiere que Begoña Gómez aprovechó su cercanía al Presidente para favorecer su desarrollo profesional en la Universidad Complutense de Madrid, logrando un acceso singular a responsables universitarios, patrocinadores empresariales y entidades del sector tecnológico, mientras obtenía apoyo, financiación, colaboración y respaldo institucional y empresarial para la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva y los proyectos vinculados».
LA COLABORADORA. En esta actividad privada, la asesora en La Moncloa participó activamente, lo que llevó al juez a considerar un delito de malversación de fondos públicos, el más grave de los imputados. Cristina Álvarez intervino en tareas de la cátedra hasta el punto de que «era percibida no solo como acompañante protocolaria de la esposa del Presidente, sino como integrante del equipo de la cátedra y del proyecto tecnológico del software».
Las menciones a su implicación son numerosas. Según el auto, la asesora «aportaba al proyecto una apariencia institucional derivada de su puesto en Presidencia del Gobierno, reforzando su capacidad para captar apoyos, servicios, financiación y legitimidad empresarial».
El juez recupera una declaración contenida en los autos que están siendo apelados ante la Audiencia de Madrid, que determinarán la celebración del juicio: «No fueron actos aislados ni simples cortesías institucionales, sino una dedicación sistemática y continua de la jornada laboral y recursos públicos de Cristina Álvarez al servicio de los intereses privados de Begoña Gómez».
Sin pasaporte ni viajes oficiales
CAUTELARES. El juez ha impuesto las medidas cautelares solicitadas por la acusación popular, coordinada por Hazte Oír, lo que implica que no podrá acompañar a Pedro Sánchez en próximos viajes oficiales. Le retira el pasaporte, le prohíbe abandonar el país y le obliga a firmar en el juzgado 41 de Madrid cada quince días.
RECURSO. La defensa de Gómez, liderada por el ex ministro socialista Antonio Camacho, anunció ayer que recurrirá estas medidas ante la Audiencia Provincial. Exceptuando casos de prisión provisional, los tribunales muestran reticencia a modificar cautelares establecidas por jueces de instrucción.
RIESGO DE FUGA. El juez fundamenta su decisión en el riesgo de que Gómez intente eludir la Justicia española, ante la posibilidad de ingreso en prisión en caso de condena. La prisión es obligatoria si la pena por un delito individual supera los dos años. No lo es, aunque el juez lo contabilice así, si solo se sobrepasa sumando las penas de varios delitos.
«EFÍMERO». Rechaza que la escolta permanente impida la fuga, alegando que los propios agentes podrían facilitarla bajo órdenes «de sus superiores jerárquicos». Añade, calificándolo de «especialmente relevante», que «la condición de Presidente del Gobierno de su esposo es temporal». Al perder ese cargo, también desaparece la escolta, lo que facilitaría la huida.

