Las claves
El juez José Luis Calama ha denegado la solicitud de José Luis Rodríguez Zapatero para aplazar su comparecencia respecto a las joyas encontradas en su caja fuerte.
Los artículos de joyería, tasados en 1,3 millones de euros, fueron incautados por la UDEF y custodiados en la oficina del expresidente.
Calama sostiene que la citación no afecta el derecho a la defensa de Zapatero, dado que los hechos objeto de investigación ya están incorporados en la causa principal del caso Plus Ultra.
La pieza separada analiza presuntos delitos fiscales y de contrabando, pero no introduce nuevos hechos ni modifica la acusación original.
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha denegado la petición de la defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero para suspender la declaración prevista para este miércoles en relación con la pieza separada que involucra las joyas incautadas por la UDEF. Dichos objetos, valorados en 1,3 millones de euros, permanecían en una caja fuerte ubicada en la oficina del exmandatario socialista.
En su auto, el magistrado señala que la citación no implica una «merma real en su derecho de defensa», dado que los hechos sobre los que debe declarar son los mismos ya recogidos en la causa principal del caso Plus Ultra, donde Zapatero es investigado por tráfico de influencias y otros delitos relacionados.
Según Calama, la pieza separada que examina las joyas y que indaga al expresidente por supuestos delitos fiscales y de contrabando, no ha añadido hechos nuevos ni modificado el ámbito fáctico de la imputación.
La defensa de Rodríguez Zapatero solicitó el aplazamiento de la declaración basándose en la «proximidad del acto y el escaso tiempo transcurrido entre la apertura de la pieza y la señalización para el momento de su declaración como investigado«.
No obstante, el juez recuerda que, aunque la pieza separada se abrió el pasado 12 de junio, su contenido no introduce hechos nuevos ni diligencias independientes, limitándose exclusivamente al acta de intervención de las joyas y a la tasación pericial que ya están incorporadas a la causa principal.
Calama subraya que el evento central que motivó la apertura de la pieza separada —la incautación de las joyas y su posible impacto tributario— tuvo lugar el 19 de mayo y ha estado documentado en las actuaciones desde esa fecha, con plena accesibilidad para la defensa.
El magistrado recuerda que esta pieza separada responde únicamente a una cuestión de organización procesal dadas las posibles implicaciones en materia fiscal y de contrabando, «pero no altera el objeto fáctico ni añade elementos sorpresivos que requieran un tiempo adicional de preparación».
Calama descarta que exista indefensión material, ya que el investigado puede declarar sobre los mismos hechos que motivan su citación en la causa principal, coincidiendo ambas declaraciones el mismo día por motivos de coherencia y eficiencia procesal.
Asimismo, recuerda que la defensa dispone de la opción de solicitar diligencias adicionales o nuevas declaraciones si lo considera oportuno, lo que elimina cualquier riesgo de perjuicio irreparable.

