Tribunal otorga a mujer divorciada una pensión mensual de 600 euros y una indemnización de 80.000 euros tras 32 años de labores domésticas

La Audiencia Provincial de Pontevedra rechazó la solicitud del exmarido de limitar la pensión a seis meses y eliminó el término de nueve años previamente establecido

La Justicia concede a una mujer divorciada una pensión vitalicia de 600 euros al mes y otros 80.000 euros de compensación tras 32 años dedicados al cuidado del hogar. (Canva)

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha determinado que una mujer de 57 años conserva el derecho a recibir una pensión compensatoria de 600 euros mensuales de manera indefinida tras haber dedicado 32 años de su vida al cuidado del hogar y su familia. Esta resolución judicial, que elimina el límite de nueve años impuesto por un juzgado de primera instancia, reconoce el impacto económico de haber abandonado el mercado laboral durante décadas para ocuparse de las responsabilidades del hogar.

La sentencia, citada por Talent24H, afirma que la mujer, tras más de treinta años de matrimonio, padeció un desequilibrio económico patente al quedar excluida del ámbito laboral. El fallo destaca que durante ese tiempo la beneficiaria no pudo desarrollar una carrera profesional ni cotizar regularmente a la Seguridad Social, lo que afecta considerablemente sus opciones de obtener una pensión contributiva de jubilación en el futuro.

De igual modo, el tribunal subraya que la situación de la demandante empeoró tras la separación, pues a los 57 años apenas logró reincorporarse al sector de la hostelería. Considerar que puede superar esta desventaja por sí misma supone un ejercicio de “futurismo o adivinación”, según apunta la sentencia. Por este motivo, la sala rechazó la petición del exmarido para limitar la pensión a seis meses y eliminó definitivamente el plazo de nueve años previamente fijado.

Compensación por desigualdad económica y trabajo doméstico

El fallo de la Audiencia Provincial se fundamenta en la existencia de un claro desequilibrio patrimonial entre los cónyuges. Durante el matrimonio, el hombre sostuvo la estabilidad económica familiar y mantuvo una posición financiera superior al finalizar la relación. La mujer, en contraposición, quedó en una posición de mayor vulnerabilidad tras dedicar décadas exclusivamente al entorno doméstico.

Además del reconocimiento de la pensión vitalicia, la resolución judicial contempla una compensación económica a favor de la demandante por el trabajo doméstico desempeñado durante los años de convivencia. La sentencia certifica que la mujer llevó a cabo la gestión íntegra del hogar de forma “exclusiva y excluyente”, incluyendo el cuidado de los dos nietos del marido, quienes vivieron con la pareja varios años.

En consecuencia, la Audiencia Provincial de Pontevedra estableció que corresponde una indemnización conforme al artículo 1438 del Código Civil, aunque redujo la suma inicialmente asignada por el juzgado, que ascendía a 192.000 euros. El importe definitivo se fijó en 80.000 euros, al valorar que la pensión mensual ya cubre parte del perjuicio económico ocasionado por la dedicación exclusiva a la familia y que no hubo hijos comunes entre los cónyuges. Asimismo, el tribunal concluye que el marido afrontó los gastos económicos del hogar durante la convivencia.

Por último, la sentencia establece un precedente importante en materia de derechos económicos tras la disolución matrimonial, destacando el valor del trabajo doméstico no remunerado y la necesidad de herramientas legales que compensen la desigualdad generada por la prolongada exclusión del mercado laboral.

Scroll al inicio