Guía para entender la diferencia entre donación y pacto de mejora al adelantar tu herencia sin equivocaciones

La elección entre estas dos figuras jurídicas implica aspectos legales, fiscales y estratégicos considerablemente diferentes, que modifican su efecto para las familias

Firma de la herencia (Freepik)

Las transmisiones patrimoniales durante la vida, como el pacto de mejora y la donación, han dejado de ser exclusivas de grandes fortunas para convertirse en un asunto fundamental para numerosos propietarios interesados en facilitar el traspaso de bienes a sus hijos o en planificar con antelación su herencia. Optar entre estas dos figuras jurídicas conlleva diferencias legales, fiscales y estratégicas que alteran su repercusión en las familias.

El pacto de mejora sirve como un instrumento para adelantar la herencia a descendientes mediante un acuerdo formal, aunque su aplicación está limitada a territorios con derecho civil propio, como Galicia. Siempre se formaliza ante notario y mediante escritura pública, permitiendo asignar bienes específicos en vida para la futura herencia, y en determinados casos ofrece ventajas fiscales frente a otras opciones.

Por otro lado, las donaciones se pueden realizar en cualquier región de España y suponen la entrega gratuita de bienes en vida, grava el Impuesto de Donaciones y está regulada por el Código Civil. La fiscalidad autonómica y la valoración de los activos son factores cruciales que pueden afectar significativamente la carga económica de cada elección.

El pacto de mejora es una figura exclusiva del Derecho civil gallego, establecida en la Ley 2/2006, y no es aplicable bajo la misma denominación ni régimen fuera de las comunidades con derecho foral. En territorios como el País Vasco, Navarra, Aragón, Cataluña o Baleares existen mecanismos parecidos con diferentes nombres y normativas, pero el pacto de mejora gallego en sentido estricto no se encuentra fuera de Galicia.

El Código Civil general, que regresa en la mayoría del territorio, prohíbe los pactos sucesorios sobre herencias futuras, salvo algunas excepciones forales estrictamente definidas. Por ello, la clave reside en la vecindad civil del titular que realiza la transmisión.

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Diferencias entre el pacto de mejora y donaciones

Respecto a su funcionamiento, el pacto de mejora implica que los bienes transferidos por esta vía se integran directamente en la futura herencia. Esta operación se formaliza mediante contrato notarial y permite incluir cláusulas como la reversión, que establece la devolución de los bienes si el beneficiario fallece antes que el transmitente. Su principal función es evitar conflictos posteriores entre herederos, garantizando un reparto anticipado y acordado.

En contraste, la donación es una fórmula más común y flexible. Cualquier persona, sin importar su vecindad civil, puede donar bienes tales como vivienda, dinero u otros activos —generalmente formalizado ante notario—. Jurídicamente, la donación constituye una transferencia gratuita que funciona de manera autónoma respecto a la futura herencia.

Este mecanismo se emplea tanto para brindar apoyo económico a un familiar (como en la compra de una vivienda) como para repartir el patrimonio durante la vida del propietario y aprovechar las bonificaciones fiscales que ciertas comunidades autónomas aplican a padres e hijos dentro del Impuesto sobre Donaciones. La tributación varía considerablemente en función de la región.

Conocer las diferencias legales y fiscales es fundamental. Jurídicamente, el pacto de mejora es un anticipo de herencia limitado a ciertos territorios, mientras que la donación es una entrega gratuita, válida en todo el país y generalmente irrevocable. En el caso del pacto de mejora, puede tributar como una herencia con cargas fiscales más reducidas en áreas con beneficios sucesorios, mientras que la donación siempre tributa como tal y puede resultar más costosa en algunas comunidades.

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Los gastos del pacto de mejora y la donación

El coste directo de cada opción es otro aspecto importante. El pacto de mejora genera gastos de notaría y, si procede, registrales. En cambio, la donación conlleva gastos notariales, el Impuesto sobre Donaciones, y puede implicar un gasto adicional por el impuesto municipal conocido como plusvalía urbana cuando se transfieren inmuebles. Esta diferencia fiscal explica que para patrimonios elevados, viviendas o cuando se pretende optimizar la carga impositiva, el pacto de mejora sea preferible en los territorios donde es legal.

La elección entre ambas alternativas depende de varios factores combinados: la comunidad autónoma de residencia, que determina la normativa y fiscalidad aplicable; el valor total de los bienes; el vínculo entre las partes; y los objetivos familiares a medio y largo plazo.

Si se busca controlar el reparto de bienes, establecer condiciones específicas o asegurar una transición sin conflictos, el pacto de mejora está diseñado especialmente para descendientes directos. La donación es más accesible y versátil, válida para cualquier destinatario y útil cuando se requiere una entrega puntual sin complicaciones jurídicas adicionales.

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