Miguel Benito Barrionuevo, abogado, explica cuándo la empresa debe compensar si un día festivo se superpone con tu descanso.

El Tribunal Supremo aclara que algunos trabajadores con turnos rotativos tendrán derecho a recuperar los festivos que coincidan con sus días de descanso, para evitar situaciones discriminatorias dentro de la empresa

Miguel Benito Barrionuevo, abogado: “Si

¿Qué ocurre cuando un día festivo coincide con el turno de descanso de un trabajador? Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ofrece una respuesta y añade matices que afectan a miles de empleados en sectores donde los días de descanso no son fijos. El abogado Miguel Benito Barrionuevo señala que, en ciertos casos, la empresa debe compensar a aquellos que vean solaparse festivos y descansos semanales, un criterio que modifica el tratamiento de los festivos en convenios con turnos variables.

Este tema no es novedoso, pero la resolución judicial aporta directrices que hasta ahora eran poco claras en compañías con jornadas laborales distribuidas durante toda la semana. El experto advierte en uno de sus últimos vídeos de TikTok que “hay que tener cuidado, porque si un día festivo coincide con un día de descanso, la empresa podría tener la obligación de compensarlo”.

La clave está en los turnos

Según Barrionuevo, la sentencia del Supremo no concede un derecho automático a recuperar todos los festivos que coincidan con los descansos. Lo explica de este modo: “¿Significa eso que todos los trabajadores con festivos que caen en sus días libres podrán recuperar ese día? No, solo en determinadas situaciones”. El abogado señala que la esencia reside en la organización de los turnos y en la existencia posible de situaciones discriminatorias entre empleados dentro de la misma empresa.

El fallo del Tribunal Supremo se enfoca principalmente en sectores como la logística, la hostelería y el comercio, donde la planificación de los turnos implica que los días de descanso varíen entre los trabajadores. En palabras del abogado: “Esta sentencia aplica especialmente a empresas con turnos diversos y donde no todos los empleados disponen del mismo día de descanso”. Por tanto, no afecta a quienes siempre disfrutan del mismo día libre ni a aquellos que laboran en oficinas con horarios convencionales.

La gran pérdida de la clase trabajadora: sus salarios rozan el poder adquisitivo de 2019, pero ni se acercan al de hace 15 años.

La justicia busca corregir desigualdades

Para ejemplificar el alcance de esta medida, Barrionuevo menciona empresas de logística, gasolineras o bares, en los cuales la rotación de días libres es habitual. El abogado precisa: “Pensemos en una empresa de logística o en una gasolinera o bar donde es común que algunos empleados descansen lunes, martes, miércoles, jueves, viernes, sábado, domingo, lunes, por ejemplo”. En estos entornos, la variabilidad de los descansos puede provocar desigualdades que ahora la justicia intenta atajar.

La discriminación se presenta, según el especialista, cuando un trabajador tiene un día festivo coincidente con su descanso y otro compañero con diferente horario sí goza ese festivo como día libre adicional. El jurista lo resume así: “En este caso, sería discriminatorio que un trabajador tenga lunes y martes de descanso y el sábado festivo, mientras que otro con descanso el sábado y domingo tenga que absorber ese festivo”. El propósito de esta doctrina judicial es impedir que dentro del mismo centro laboral algunos empleados se beneficien y otros pierdan sistemáticamente el derecho a disfrutar de los festivos.

De acuerdo con Barrionuevo, el criterio del Supremo establece que el trabajador podrá disfrutar del festivo en otro momento para igualar su situación con la de sus compañeros. “La sentencia indica que, en estos casos, no en todos, el trabajador pueda tomar el festivo en otra fecha para equiparar a ambos y evitar la discriminación”, recalca el abogado.

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