Efectos del aumento del salario mínimo en trabajadoras del hogar con jornadas completas, parciales y por horas

El SMI se sitúa en 17.094 euros anuales y las cuotas de la Seguridad Social se ajustan para empleadores y empleadas

Una empleada del hogar durante

Las empleadas del hogar figuran entre los grupos favorecidos por el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La subida oficial establecida por el Gobierno fija el nuevo monto mínimo en 1.221 euros al mes durante 14 pagas, representando un aumento del 3,1% respecto a 2025. Esta revisión también afecta las tarifas para quienes laboran por horas o días específicos, así como las cuotas que deben abonar a la Seguridad Social.

Con vigencia retroactiva desde el 1 de enero de 2026, este ajuste eleva la remuneración anual mínima de las empleadas del hogar a 17.094 euros, frente a los 15.120 euros del periodo anterior. Según la normativa vigente, esta cifra no puede disminuirse ni por acuerdo particular ni por convenio colectivo, aunque es posible pactar un salario superior entre empleador y trabajadora.

Las condiciones cambian para quienes no cumplen una jornada completa. Desde BBVA explican que el salario mínimo para un contrato de 20 horas semanales es de 610,50 euros mensuales, mientras que para 10 horas semanales la cuantía será de 305,25 euros.

Sumar advierte al PSOE que debe "mover ficha": no tiene apoyos para tributar el SMI.

Cuando se trata de empleadas que trabajan 5 horas por semana, la retribución mínima queda establecida en 152,63 euros mensuales. Por otro lado, para las que prestan servicios por horas, la tarifa fija pasa a ser 9,55 euros por hora trabajada en 2026. Además, el pago diario bruto por jornada completa se sitúa en 40,70 euros.

Estos importes no pueden ser reducidos bajo ninguna circunstancia, ni siquiera cuando la empleada reciba alojamiento o comida como parte del acuerdo. La única alternativa es que ambas partes acuerden expresamente un incremento del salario mínimo.

Bases de cotización para las empleadas del hogar en 2026

Tras la actualización, las bases de cotización para las empleadas de hogar, dependiendo del tramo salarial en el que se sitúe su sueldo, quedan definidas para 2026 como sigue:

Fuente: BBVA

Tipos de cotización a la Seguridad Social

El incremento del SMI también conlleva un ajuste en las bases y tipos de cotización para las empleadas del hogar. La Seguridad Social establece distintos porcentajes según la contingencia cubierta, distribuyendo las contribuciones entre empleador y trabajadora. Para 2026, la tasa por contingencias comunes alcanza el 28,30% sobre la base de cotización, correspondiendo el 23,60% al empleador y el 4,70% a la trabajadora.

Sin embargo, hay una reducción del 20% aplicada a la parte que corresponde al empleador, que queda en 18,88%. Las familias numerosas cuentan con bonificaciones superiores, que llegan al 45% o 30% en función de su patrimonio. Otro porcentaje a considerar es el tipo por accidentes laborales y enfermedades profesionales, fijado en 7,87%, íntegramente a cargo del empleador.

En cuanto al desempleo, los contratos indefinidos cotizan al 7,05% (5,5% empleador y 1,55% trabajadora), mientras que los contratos temporales lo hacen al 8,30% (6,70% empleador y 1,60% empleada).

Además, se aplica una bonificación del 80% sobre la cuota de desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) incrementa una décima hasta el 0,90%: el 0,75% corresponde al empleador y el 0,15% a la trabajadora.

La Tesorería General de la Seguridad Social dispone de una calculadora oficial en el Portal Imp@rtass para facilitar el cálculo exacto de la cuota a ingresar en cada situación.

¿Está obligada la empleada a presentar la Declaración de la Renta?

Las personas que laboran en el ámbito doméstico deben también tener en cuenta sus deberes fiscales frente a la Agencia Tributaria. Según especialistas de BBVA, las empleadas del hogar están obligadas a presentar la Declaración de la Renta en 2026 si superan determinados límites de ingresos.

Deben declarar aquellas trabajadoras cuyos ingresos brutos por trabajo sean superiores a 22.000 euros anuales procedentes de un solo pagador. Si los ingresos provienen de varios empleadores, el mínimo de declaración baja a 15.876 euros anuales, siempre que los pagos del segundo y siguientes empleadores superen en total los 1.500 euros.

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