El condenado solicitó 550 euros como “reserva” por un alquiler inexistente y nunca retornó el dinero pese a firmar un acuerdo

La Audiencia Provincial de La Rioja ha condenado a un año de prisión a un hombre por estafar a otro durante el proceso de alquiler de un piso en Logroño. Además de la pena de cárcel, la sentencia, ya firme, impone una multa de 1.080 euros y una indemnización de 550 euros a la víctima. El tribunal pospuso para la fase de ejecución la decisión sobre la suspensión o no de la pena privativa de libertad.
Según lo establecido en la resolución, dictada con el acuerdo de todas las partes, los hechos ocurrieron cuando la víctima, que buscaba vivienda, se encontró con un conocido y le explicó su situación. Este la puso en contacto con el acusado, ciudadano colombiano, presentándolo como amigo de un supuesto propietario de una inmobiliaria que podía facilitarle un piso en alquiler.
El acusado, con la intención de obtener un beneficio ilícito, contactó con el denunciante mediante la aplicación de mensajería WhatsApp. En la conversación, le comunicó que había localizado un piso disponible y se ofreció incluso a avalizar la operación con su propia nómina para facilitar el alquiler. Como parte del arreglo, solicitó al denunciante una entrega de 550 euros en concepto de reserva para asegurar la vivienda.
El dinero nunca fue devuelto
A lo largo de los días, ante las constantes excusas del acusado sobre la imposibilidad de formalizar el contrato, la víctima solicitó la devolución del dinero entregado. Para intentar resolver la situación, ambas partes firmaron un documento en el que el acusado se comprometía a reintegrar la cantidad prestada mediante pagos mensuales hasta completar los 550 euros.
A pesar de este compromiso, el acusado incumplió y el dinero jamás fue restituido. Ante la falta de respuesta, la víctima presentó denuncia, lo que dio paso a la investigación judicial.
Antecedentes penales y condena firme
La sentencia, emitida por la Audiencia Provincial de La Rioja, también señala que el acusado había sido previamente condenado por delitos relacionados con la violencia de género, circunstancia reflejada en el fallo. El tribunal consideró probado que el hombre actuó con el propósito de obtener un beneficio indebido y que su conducta constituye un delito de estafa.
En el fallo, la Audiencia impone al condenado una pena de un año de prisión y una multa de 1.080 euros, así como la obligación de indemnizar a la víctima con 550 euros, equivalente a la suma entregada para la reserva del piso. La sentencia indica que la decisión sobre una posible suspensión de la pena privativa de libertad se tomará en la fase de ejecución, tras evaluar las circunstancias personales y los antecedentes del condenado.
El tribunal declaró firme la resolución, por lo que no es posible presentar recurso contra la condena. La víctima podrá reclamar el monto fijado como indemnización, mientras que el condenado espera conocer si deberá ingresar en prisión o si se le concederá la suspensión de la pena.
Este caso resalta los riesgos de las estafas en el mercado de alquileres y subraya la importancia de formalizar todos los trámites y pagos mediante canales seguros y documentados. La Audiencia Provincial de La Rioja recuerda que el delito de estafa está contemplado en el Código Penal y acarrea consecuencias penales y económicas para quienes lo cometen.

