La asociación fundamenta la medida cautelar en que, para el momento en que se resuelva el recurso, ya se habrán emitido «cientos de miles de autorizaciones provisionales y altas en la Seguridad Social»

El Tribunal Supremo ya tiene ante sí la solicitud para paralizar la aplicación del real decreto que modifica el Reglamento de Extranjería con el fin de regularizar a miles de inmigrantes en situación irregular. La asociación Hazte Oír presentó este miércoles un recurso contencioso-administrativo acompañado por la petición de suspensión cautelar de la norma aprobada ayer por el Consejo de Ministros, la cual se estima que permitirá regularizar a medio millón de personas.
El colectivo sostiene que el Real Decreto 316/2026, publicado este miércoles en el BOE, debe ser declarado nulo por cinco razones. La primera implica la vulneración de la exigencia constitucional que establece el uso de una ley orgánica para regular los derechos de los extranjeros.
En segundo lugar, según Hazte Oír, el reglamento contraviene el contenido de la Ley de Extranjería, que tiene un rango superior y, por lo tanto, no puede ser modificada mediante esta vía.
Como tercer motivo, se considera que durante la aprobación se infringió la normativa administrativa y se produjo una desviación de poder. La cuarta alegación apunta a la violación del principio de seguridad y la arbitrariedad en las decisiones adoptadas. Finalmente, el recurso sostiene que se quebrantó el principio de proporcionalidad.
Los motivos del recurso se exponen de forma breve, pues conforme al sistema de recursos en el ámbito contencioso-administrativo se detallarán más adelante.
El recurso, firmado por los abogados Javier María Pérez-Roldán y Nouna Lozano, incluye la solicitud de suspensión cautelar de la norma impugnada. Se argumenta así: «El Real Decreto impugnado genera efectos jurídicos inmediatos, tales como la concesión de autorizaciones de residencia y trabajo; la afiliación a la Seguridad Social; el acceso a prestaciones; y la suspensión de órdenes de expulsión firmes. La aplicación de la norma crearía derechos consolidados o de difícil reversión, incluso en el supuesto de que la sentencia estimatoria se dictase en el futuro».
Se añade que la concesión de permisos de residencia durante la tramitación del recurso produciría «derechos adquiridos y situaciones de confianza legítima». «Si este Tribunal anula el Decreto dentro de dos años, la Administración enfrentaría la imposibilidad de revocar miles de tarjetas de residencia o el pago de indemnizaciones patrimoniales masivas. La suspensión es la única medida para evitar un perjuicio irreparable al erario público y a la seguridad jurídica».
La asociación estima que cuando se resuelva el recurso se habrán emitido «cientos de miles de autorizaciones provisionales y altas en la Seguridad Social, causando un daño irreversible al erario público y consolidando situaciones fácticas imposibles de revertir, anulando completamente la finalidad de este recurso».

