Los contribuyentes deben acreditar residencia, edad y situación económica para solicitar la deducción, que es incompatible con otros beneficios autonómicos por alquiler de vivienda habitual
Con la llegada de abril, surge la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Se explican las fechas relevantes, los métodos para presentarla (vía internet, teléfono o de forma presencial) y los límites de ingresos que requieren declarar.
Durante la campaña de la Renta 2025/2026, numerosos contribuyentes buscan maneras de optimizar su declaración para conseguir un ahorro fiscal. En este contexto, el alquiler de vivienda se posiciona como uno de los gastos más comunes y significativos en el presupuesto familiar, especialmente para jóvenes y residentes en áreas urbanas. No obstante, la deducción parcial de este gasto depende de la comunidad autónoma donde se lleve a cabo la declaración y de cumplir ciertos criterios.
En Castilla-La Mancha, la deducción para menores de 36 años consiste en aplicar un porcentaje sobre las cantidades efectivamente abonadas por el alquiler anual de la vivienda habitual. Generalmente, el porcentaje es del 15%, con un límite máximo de 500 euros para los residentes en la mayoría de los municipios de la región. Para quienes habitan en municipios con una población igual o inferior a 2.500 habitantes, o en localidades de hasta 10.000 habitantes localizadas a más de 30 kilómetros de un municipio con más de 50.000 habitantes, el beneficio se incrementa: la deducción puede alcanzar el 20% de lo pagado, con un tope de 612 euros. La población relevante de cada municipio se verifica conforme al padrón municipal vigente a 1 de enero del año fiscal correspondiente.
Asimismo, la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, descontando el mínimo por descendientes, no debe exceder los 12.500 euros en declaraciones individuales ni los 25.000 euros en declaraciones conjuntas. Durante la declaración, es indispensable incluir el número de identificación fiscal del arrendador, para que la administración pueda verificar la autenticidad del contrato de arrendamiento y su legalidad.
Deducción exclusiva para vivienda habitual
Se considera vivienda habitual aquella en la que el contribuyente reside de forma continua durante al menos tres años, salvo en casos excepcionales que obliguen a cambiar de domicilio antes de ese plazo, tales como un traslado laboral, una separación o cualquier otro motivo justificado. La administración autonómica puede solicitar comprobantes del contrato de alquiler y de los pagos efectuados, por lo que conservar la documentación es fundamental para evitar inconvenientes durante una posible inspección.

Esta deducción no se puede acumular con otras ventajas fiscales autonómicas vinculadas al alquiler de vivienda habitual, como las deducciones destinadas a familias numerosas, familias monoparentales, personas con discapacidad o las derivadas de operaciones de dación en pago. Si el contribuyente cumple los requisitos para más de una deducción, deberá elegir únicamente una para incluir en su declaración de la renta.
Fechas clave para esta campaña
Para aprovechar estas ventajas fiscales, los contribuyentes deben atender el calendario oficial de la campaña de Renta y Patrimonio 2025. La presentación de declaraciones por Internet estará habilitada desde el 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026. Quienes prefieran atención telefónica podrán acceder al servicio desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026, con cita previa que debe solicitarse entre el 29 de abril y el 29 de junio.
La campaña de la declaración de la Renta para el ejercicio de 2025 comenzará el próximo 8 de abril.
Por su parte, la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria se iniciará el 1 de junio y se mantendrá hasta el 30 de junio de 2026. Para acceder a este servicio, la solicitud de cita deberá hacerse entre el 29 de mayo y el 29 de junio. Tanto para la atención telefónica como para la presencial, la cita puede gestionarse a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria o mediante llamada telefónica.

