Legislación vigente sobre la retirada de muebles del propietario en viviendas alquiladas

La clave radica en la Ley de Arrendamientos Urbanos, la cual regula estas circunstancias y determina los derechos y deberes tanto del inquilino como del arrendador

Televisor en buen estado en el living - (Imágen Ilustrativa Infobae)

Encontrar un piso de alquiler que se ajuste a las necesidades personales no siempre resulta sencillo, y uno de los temas que genera más incertidumbre es el relacionado con el mobiliario. Muchos inquilinos preguntan si es posible quitar los muebles del casero para personalizar el espacio según sus gustos o para utilizar su propio mobiliario. La respuesta, aunque parece sencilla, incluye aspectos legales que es importante conocer antes de tomar cualquier iniciativa que pueda causar conflictos con el propietario.

El factor determinante es la Ley de Arrendamientos Urbanos, que reglamenta estas situaciones y define los derechos y obligaciones de ambas partes. Según esta normativa, no está permitido realizar cambios en la vivienda sin la autorización del dueño. Esto abarca también el mobiliario, que integra los elementos accesorios del inmueble cuando el alquiler es con muebles.

El punto inicial siempre será el contrato de alquiler. Si en el anuncio y el contrato se indica que la vivienda se entrega amueblada, dichos muebles forman parte del acuerdo suscrito por ambas partes. Por ende, el inquilino tiene la responsabilidad de conservarlos durante el período del arrendamiento y devolverlos en las mismas condiciones en que los recibió.

Esto significa que no se pueden retirar, reemplazar ni desechar sin el permiso expreso del casero. De hecho, hacer cambios sin autorización podría constituir un incumplimiento del contrato, con posibles repercusiones legales o económicas para el arrendatario. Prácticamente, esto implica que el mobiliario no es un simple elemento decorativo libre, sino un componente más del arrendamiento.

Sumar defiende su gestión ante el Gobierno, pero precisa aprobar el decreto de los alquileres en el Congreso.

¿Es posible quitar los muebles?

La respuesta es afirmativa, siempre que exista una condición fundamental: obtener el consentimiento del propietario. Si el casero está de acuerdo, se puede pactar la retirada de los muebles, su almacenamiento o incluso autorizar al inquilino a hacerlo personalmente. En estos casos, resulta muy aconsejable contar con un permiso por escrito que detalle qué muebles serán retirados y qué se hará con ellos.

Si el dueño no autoriza la remoción del mobiliario, el inquilino no tiene derecho a quitarlos. En esta situación, deberá convivir con ellos durante la vigencia del contrato o buscar otras soluciones que no impliquen su eliminación. Algunas alternativas incluyen reorganizar el espacio, incorporar elementos decorativos propios o cubrir ciertos muebles para adaptarlos mejor al estilo particular.

Qué ocurre en la práctica

En la realidad, muchos propietarios están dispuestos a negociar, especialmente cuando el inquilino demuestra interés en cuidar la vivienda o pretende firmar un contrato a largo plazo. En tales casos, es factible alcanzar acuerdos flexibles que beneficien a ambos lados.

Por ejemplo, el casero puede aceptar retirar ciertos muebles menos esenciales o autorizar modificaciones parciales. Todo dependerá de la disposición de los involucrados y del diálogo establecido desde el inicio.

En cualquier caso, la recomendación general es consultar siempre con el arrendador antes de adoptar cualquier medida. La negociación y transparencia suelen ser el camino más efectivo para evitar conflictos y hallar soluciones ajustadas a cada circunstancia.

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