Begoña Gómez nuevamente no se presenta ante el juez Peinado para notificar el proceso al Jurado

El defensor de Begoña Gómez, Antonio Camacho, este miércoles a su llegada a los Juzgados de Plaza de Castilla./

Begoña Gómez, esposa de Pedro Sánchez, no se presentó a la citación judicial convocada por el juez Peinado para comunicarle la transformación de las diligencias contra ella en un proceso ante Jurado.

El juez Peinado atribuye a Gómez cinco presuntos delitos: tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo.

La Audiencia Provincial de Madrid había anulado con antelación una resolución del juez por falta de justificación y requirió una mayor especificación en las imputaciones.

Las defensas de los investigados argumentan que no existen indicios penales y critican que el juez base sus acusaciones en afirmaciones falsas y falacias.

Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no se presentó esta mañana a la citación realizada por el juez Juan Carlos Peinado en los Juzgados de la Plaza de Castilla para informarle sobre la conversión de las diligencias previas que seguían contra ella en un procedimiento ante el Jurado.

No es la primera ocasión en que Gómez decide no acudir. El pasado 27 de septiembre, el instructor la convocó para una comparecencia similar, a la que ni ella ni su asistente, Cristina Álvarez, ni el empresario Juan Carlos Barrabés asistieron.

Sí asistieron los abogados de los investigados, quienes invocaron el criterio jurídico reflejado en una circular de la Fiscalía donde se indica que «en la comparecencia solo se concretan los términos de la imputación y siempre en presencia del letrado. La presencia del imputado no es esencial» .

Los abogados están presentes de nuevo hoy en el Juzgado. Esta es la segunda vez que Peinado los convoca durante la Semana Santa. El miércoles santo de 2025, 16 de abril, interrogó en el Palacio de la Moncloa al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños.

Repetición

Hoy Peinado vuelve a realizar la comparecencia después de que la Audiencia Provincial de Madrid anulase el pasado 20 de enero su primera resolución, donde el juez había decidido proseguir con el procedimiento siguiendo unas reglas que podrían culminar en el juicio de la esposa de Pedro Sánchez ante el Tribunal de Jurado.

El instructor adaptó ya las diligencias preliminares al procedimiento del Jurado el pasado otoño. No obstante, la Audiencia de Madrid declaró nula esa resolución por carencia de motivación, un rechazo recurrente en los casos en los que interviene Peinado.

La Audiencia estimó los recursos presentados por las tres defensas, respaldados también por el fiscal, y ordenó que el juez emitiera una nueva resolución ajustada en cuanto al procedimiento.

«No basta con una simple exposición objetiva de los hechos, sino que debe realizarse un mínimo esfuerzo argumentativo que justifique la tipicidad, antijuridicidad y participación delictiva, si no queremos ignorar el papel esencial del juez instructor en la determinación inicial del objeto del procedimiento», reprochó la Audiencia a Peinado.

El instructor emitió el 20 de marzo una nueva resolución con mayor extensión que incluye los hechos y indicios que, según su criterio, señalan a cinco presuntos delitos: tráfico de influencias, malversación de fondos, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo.

La Ley del Jurado establece que, tras esta resolución, el juez debe escuchar a las acusaciones para que especifiquen las imputaciones y a las defensas para que respondan. Durante estas intervenciones, las partes pueden solicitar las diligencias que consideren necesarias.

Dos de los presuntos delitos señalados por Peinado (tráfico de influencias y malversación) son competencia del Jurado y, según él, se extienden conexamente a los otros tres delitos.

Para el instructor, desde la llegada de Pedro Sánchez a La Moncloa “se produjo un cambio inmediato y significativo en la carrera profesional de Begoña Gómez”.

Afirma que Gómez «habría utilizado su cercanía con el presidente del Gobierno» para «fomentar su desarrollo profesional» en la Universidad Complutense de Madrid, «logrando para ello una interlocución privilegiada con responsables» del centro, «empresas patrocinadoras» y «entidades vinculadas al sector tecnológico».

Según Peinado, su condición de cónyuge de Sánchez, junto a ser residente en el Palacio de la Moncloa, «influyen por sí mismas en el comportamiento de cualquier ciudadano, consciente del poder que ejerce su esposo para determinar decisiones o resoluciones, dictadas por él o encargadas a subordinados jerárquicos”.

Begoña Gómez habría utilizado a su asistente en Moncloa, Cristina Álvarez, remunerada con fondos públicos, para sus tareas profesionales particulares.

Tanto Álvarez como el empresario Barrabés (quien, según el instructor, asesoraba a Gómez mientras recibía contratos públicos) niegan la existencia de evidencias delictivas.

La defensa de Begoña Gómez sostiene que el juez fundamenta su imputación en afirmaciones «falsas» y «falacias».

«No fue el cambio institucional de su cónyuge lo que expandió su actividad docente, sino su trayectoria previa [como directora de un máster], según han declarado repetidamente responsables de la Universidad Complutense», señala en un recurso.

«Medio minuto al día»

Por su parte, la defensa de Cristina Álvarez resalta que Peinado ignora la resolución de la Audiencia de Madrid al atribuir un presunto delito de malversación a la asistente de Gómez. El tribunal de apelación ha indicado que «el funcionario asignado ilícitamente para cubrir necesidades o beneficios privados de su superior no puede ser considerado responsable de malversación, delito que corresponde solo a quien destina, aprovecha o consiente dicha acción».

Según José María de Pablos, defensor de Álvarez, «incluso en caso de ser ciertos los hechos, no configurarían delito de malversación».

«Tras una exhaustiva investigación de dos años», indica en su recurso contra la resolución del juez, «la dedicación de Cristina Álvarez a asuntos privados acreditada por el Juzgado se limita a: a) asistir a diez actos en ocho años (..), lo que resulta irrelevante porque el acompañamiento a Begoña Gómez para coordinar, entre otras cosas, la seguridad era parte de sus funciones; b) redactar y enviar dos correos relacionados con un evento en IFEMA (dentro de sus tareas), además de 21 correos enviados en tres años a la Universidad Complutense; c) participar en un máximo de cuatro reuniones en tres años.»

«Se trata de una dedicación a las actividades personales y profesionales de doña Begoña de aproximadamente medio minuto al día. ¿Eso puede considerarse malversación?«, cuestiona su defensor.

Por otro lado, la defensa de Juan Carlos Barrabés afirma que el juez «parte de un relato que no corresponde en absoluto con la realidad» pues este empresario «no mantuvo ninguna relación» con la cátedra extraordinaria de Begoña Gómez.

Barrabés “solo impartió alguna clase muy puntual” en una actividad previa, un máster sobre transformación social competitiva. Esta es la única vinculación de Barrabés con Gómez.

Los contratos adjudicados a las empresas de Barrabés por Red.es «se encuentran bajo investigación en otro procedimiento» ante la Fiscalía Europea, destaca.

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