El Ministerio de Igualdad ha comunicado que está evaluando la protección de las clínicas abortivas mediante un perímetro de seguridad de 200 metros
«El comienzo del fin del aborto». Bajo este lema, la organización internacional 40 Días por la Vida ha iniciado una campaña con la finalidad de “eliminar el aborto a nivel local”. Según detallan en su sitio web, lo llevarán a cabo mediante “oración, ayuno, concienciación comunitaria y una vigilia pacífica, diaria y constante ante los abortorios (clínicas donde se realizan abortos)”. “Oramos en turnos de una hora mostrando carteles con los mensajes de la campaña, ofreciendo apoyo y dando testimonio de la realidad del aborto”, explica el colectivo.
Esta campaña tendrá lugar del 18 de febrero al 29 de marzo (en coincidencia con la Cuaresma) en más de 20 ciudades, entre ellas Sevilla, Talavera de la Reina y Barcelona. Justo esta semana, el Ministerio de Igualdad anunció que está considerando implementar un perímetro de seguridad de 200 metros alrededor de las clínicas abortivas.
La responsable del Ministerio, Ana Redondo, expuso lo siguiente durante su intervención en el pleno del Congreso de los Diputados: “Continuaremos avanzando frente a quienes hostigan y, desde el Instituto de las Mujeres, estamos valorando la opción de establecer un perímetro de seguridad en los alrededores de las clínicas para impedir la concentración de estas asociaciones antiaborto. Su único objetivo es coaccionar, acoso y restringir el derecho de las mujeres”. El Confidencial contactó con el Consejo General de la Abogacía Española para obtener más detalles sobre esta iniciativa, aunque informaron que «no disponen de especialistas en esta materia».
España no sería pionera en adoptar esa medida; en el Reino Unido se denominan buffer zones y están vigentes desde octubre de 2024. “El Gobierno busca reforzar las garantías para las mujeres que acceden a este servicio sanitario esencial. Cualquier persona declarada culpable de infringir esta normativa enfrentará multas”, se indica en un comunicado oficial.
Por su parte, la Coalición por el Derecho al Aborto de Canadá compila, provincia por provincia, estas zonas perimetrales denominadas safe access zones. El informe señala la importancia de la “seguridad, dignidad y privacidad” de las usuarias, la “reducción de molestias y ruidos” y los “riesgos derivados de la presencia de manifestantes”. Por ejemplo, en Quebec está prohibido “intervenir para disuadir a una mujer de abortar o condenar su decisión” a menos de 50 metros de la clínica, estableciéndose multas que van de 250 a 1.250 dólares. Además, contempla sanciones agravadas en casos de “amenazas e intimidación”.
La posición de 40 Días por la Vida respecto a este perímetro de seguridad es que «resulta injusto y limita la libertad de los ciudadanos». «Rezaremos para que no se implemente en nuestro país y podamos continuar denominándolo democracia. Solo persigue beneficiar y proteger a quienes obtienen ganancias del sufrimiento de las mujeres y sus hijos inocentes. Cuando estamos allí, brindamos la oportunidad a la mujer que se siente presionada para abortar de encontrar una mano amiga dispuesta a ayudarla«, relatan a este periódico.
«Si finalmente se aprobase una ley de este tipo, nosotros seguiríamos orando con nuestras campañas fuera del perímetro de seguridad, pues nuestra oración trasciende límites y sabemos que Dios suele transformar las dificultades para sacar algo bueno del mal. Al final, Él ha triunfado; no sentimos temor», concluyen.
Un caso juzgado en España
En diciembre pasado, un juzgado de Vitoria-Gasteiz absolvió a 21 activistas antiaborto de un delito de coacciones. Los hechos ocurrieron en 2022, cuando durante varios días se congregaron para rezar frente a la clínica ginecológica Askabide, donde se practican interrupciones voluntarias del embarazo.
La Fiscalía sostuvo durante el juicio que esas concentraciones diarias de grupos de aproximadamente cinco personas, con pequeños carteles y rosarios, constituían un “acoso e intimidación” hacia el personal y las pacientes de la clínica. No obstante, la defensa argumentó que esos rezos estaban amparados en el “derecho legítimo a expresar la fe”.
La jueza concluyó que la conducta de los acusados no era calificable como «coactiva» porque «en ningún momento se observaron actitudes violentas hacia las posibles víctimas». Además, afirmó que se podía «descartar completamente la existencia de hostigamiento, ya fuera ambiental o de otro tipo».
Código Penal y Constitución
En octubre de 2025, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto para reformar el artículo 43 de la Constitución española con el propósito de proteger constitucionalmente el derecho a la interrupción del embarazo. El nuevo texto añade: “Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos, asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres”.
Asimismo, en abril de 2022 se modificó el Código Penal para incluir un delito específico diseñado para “proteger el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo frente al acoso”.
Esta norma fue impugnada ante el Tribunal Constitucional mediante un recurso promovido por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso. Entre las alegaciones figuraban “indeterminación del tipo penal y posibles riesgos para las libertades públicas”. Sin embargo, en mayo de 2024, el Constitucional rechazó ese recurso y ratificó la constitucionalidad de este artículo del Código Penal.

