La Audiencia Provincial de Huelva sostiene que el distanciamiento familiar no debe acarrear consecuencias económicas si el hijo continúa su formación sin lograr independencia financiera

En agosto de 2023, un joven granadino que cursaba estudios universitarios experimentó la ruptura de la relación con su padre. No obstante, pese a esta distanciamiento, la Audiencia Provincial de Huelva decidió mantener la pensión alimenticia a favor del estudiante. La resolución judicial se fundamentó en una cuestión clave: ¿quién asume la responsabilidad cuando padre e hijo interrumpen el contacto tras un divorcio y llevan vidas completamente distintas?
El padre solicitaba la cancelación de la pensión, argumentando que la ausencia de vínculo con su hijo universitario debería implicar repercusiones económicas. Sin embargo, el tribunal estimó que la culpa del distanciamiento no es exclusiva del hijo. De este modo, el fallo conserva la obligación de abono y reconoce que el quiebre afectivo no fue generado únicamente por el joven, sino que obedeció a una dinámica familiar compleja tras la separación y la conformación de una nueva familia por parte del padre.
La carencia de relación no justifica eliminar la pensión mientras el hijo prosiga su formación
El conflicto padre-hijo surgió tras la separación de los progenitores en 2019. El hijo, nacido en 2000, primero enfrentó la distancia física de un padre que residía en el extranjero por trabajo, y después la distancia emocional derivada de la decisión familiar de que continuara sus estudios en Granada. Tras completar un ciclo formativo superior, el joven se preparó para la selectividad e ingresó a la universidad. Durante ese periodo, el vínculo con su padre se deterioró completamente.
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En el proceso judicial, el padre sostuvo que su hijo había interrumpido la comunicación y, dado que ya era mayor y con capacidad laboral, debía cesar la pensión. No obstante, la Audiencia Provincial enfatiza que no hay pruebas de que el padre intentara restablecer el lazo ni evidencias de que el distanciamiento fuera exclusivamente por voluntad del hijo. El tribunal valora que el joven permanece en fase de formación y que no dispone de independencia económica suficiente, por lo que la pensión debe sostenerse. La resolución judicial también subraya que el hijo expresó durante el juicio su intención de restablecer la relación con su padre.
La pensión se mantiene vigente tras la sentencia de la Audiencia
Dentro del trámite jurídico, el caso inició en el Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Huelva, que en primera instancia accedió a la petición del padre al ordenar la extinción de la pensión alimenticia. Sin embargo, la madre, actuando en nombre del hijo, apeló y consiguió que la Audiencia Provincial revocara la decisión, manteniendo el pago. Actualmente, las partes cuentan con 20 días para presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo, si consideran que existen causas de infracción legal o procesal y cumplen los requisitos de interés casacional.
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