Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, explica tres acciones a seguir tras recibir el alta médica sin sentirse recuperado

Qué derechos y obligaciones tiene el trabajador al reincorporarse tras una baja médica, cómo solicitar la adaptación del puesto y qué hacer ante posibles despidos o incapacidad permanente, según el abogado laboralista

Ignacio de la Calzada, abogado

La reincorporación laboral tras una baja médica suele ocasionar inquietudes y dudas en quienes no están completamente recuperados. El abogado laboralista Ignacio de la Calzada ha señalado en uno de sus recientes vídeos en TikTok la importancia de actuar con cuidado y conocer tanto los derechos como las obligaciones cuando se recibe el alta médica sin haber logrado la total recuperación. De esta forma, el especialista explica los pasos esenciales que cualquier trabajador debe cumplir en esta circunstancia para evitar sanciones y resguardar su salud en el entorno laboral.

El experto indica que esta situación afecta a aquellos trabajadores que, tras un periodo de incapacidad temporal, reciben el alta médica pese a mantener molestias, limitaciones o secuelas. “Muchos estaréis en bajas que se prolongan bastante tiempo, os aplican tratamientos y al final dicen: ‘No se puede hacer más, estás de alta’. Y se tiende a confundir el alta con la recuperación total. Pero eso no siempre es así”, explica el abogado, remarcando la diferencia entre recuperación y alta médica.

Según De la Calzada, la finalidad de la baja médica es “estabilizar tus secuelas o lograr tu curación”. También comenta que en ocasiones la curación completa no es viable, pues “estas lesiones pueden ser crónicas, permanentes y no existe posibilidad de tratamiento adicional”. El profesional destaca que la idea común de que el alta médica significa una recuperación íntegra carece de base en algunos casos, principalmente cuando subsisten limitaciones físicas.

Pasos fundamentales tras recibir el alta médica

El conflicto surge cuando el trabajador considera que no está en condiciones de retomar su puesto debido a las secuelas, pero el sistema sanitario declara finalizada la incapacidad. Esta circunstancia crea incertidumbre entre los afectados, quienes dudan entre acatar la resolución médica o impugnarla. “Por mucho que impugnes el alta médica, generalmente, aunque lo hagas, no implica que puedas evitar la reincorporación. Debes volver a trabajar”, sostiene De la Calzada.

El especialista enfatiza la importancia de cumplir con la obligación de reincorporarse al empleo, incluso si se mantienen molestias. Por ello, detalla tres pasos clave para proteger los derechos laborales y prevenir consecuencias adversas.

El primer paso consiste en notificar formalmente a la empresa la recepción del alta médica y la fecha en que se deberá retomar la actividad laboral. “Debes comunicar a tu empresa, por ejemplo, que te han dado el alta hoy y que tienes que acudir al trabajo al día siguiente”, aconseja el abogado.

Derechos una vez recibido el alta: vacaciones y adaptación del puesto

Como segundo paso, De la Calzada recomienda solicitar las vacaciones pendientes, si es que el trabajador dispone de ellas. “Intenta pedir las vacaciones restantes para ver si te las conceden. Esto no es obligatorio y precisa la autorización expresa de la empresa. Si te las conceden, mejor, porque te dará algo más de margen para gestionar tu situación”, aclara.

El tercer paso, que el abogado considera crucial, consiste en solicitar una adaptación del puesto de trabajo. “La empresa debe, tras una baja, generalmente de larga duración, realizar una revisión médica, evaluar tu puesto y adaptarlo”, explica. Esto implica que la organización debe analizar las condiciones laborales y modificar tareas o el entorno para prevenir riesgos o empeoramiento de secuelas. “Aunque no estés completamente recuperado, debes acudir a tu puesto y trabajar según tus posibilidades. Si tienes molestias, evita acciones que puedan perjudicarte”, recomienda.

Al solicitar la adaptación, se activa la obligación del empleador de llevar a cabo la revisión y, si es necesario, implantar las medidas preventivas. “Por ejemplo, si no puedes adoptar posturas forzadas o estar mucho tiempo de pie, deberían proporcionarte esas medidas”, detalla el abogado.

Alternativas legales frente a la incapacidad para trabajar

Ignacio de la Calzada advierte sobre las serias consecuencias de no reincorporarse al trabajo tras el alta, incluso si el trabajador ha iniciado un proceso de impugnación. “Si dejas de ir a trabajar, aunque hayas impugnado el alta, que probablemente te denieguen porque la mayoría se ratifican, podrías enfrentarte a un despido por ausencia injustificada, pese a tu estado”, alerta.

Una mujer estornuda porque está

El letrado desestima la opción de solicitar una nueva baja médica como solución rápida. “Por lo general, esta estrategia no funciona, porque muchas veces los tribunales médicos bloquean las nuevas bajas o directamente no las conceden. Es bastante difícil”, señala. Esta limitación coloca al trabajador en una situación compleja que debe manejarse conforme a las recomendaciones legales.

Si incluso con las adaptaciones el trabajador no puede realizar sus tareas habituales, la empresa podría considerar un despido por ineptitud sobrevenida. “Ante una condición de no aptitud, se aplicaría un despido por ineptitud sobrevenida, con indemnización de veinte días por año y preaviso”, detalla el abogado, mencionando las posibles repercusiones económicas.

Finalmente, el especialista recuerda que cuando las afecciones son permanentes e irreversibles, existe la opción de solicitar una incapacidad permanente, trámite que debe analizarse individualmente según cada caso.

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