Los acusados deben presentarse a la audiencia preliminar del juicio relacionado con el caso de las mascarillas. Anticorrupción defenderá que el proceso se lleve a cabo en el Alto Tribunal.

El exministro de Transportes José Luis Ábalos junto a su antiguo asesor Koldo García regresan al Tribunal Supremo tras 77 días desde que salieron de esa sede judicial en un vehículo policial rumbo a la prisión madrileña de Soto del Real.
Este es el primer desplazamiento desde la cárcel para ambos imputados, quienes deben comparecer este jueves en la audiencia preliminar del juicio por la trama de las mascarillas. La última vez que Ábalos y Koldo acudieron al Alto Tribunal lo hicieron por su cuenta.
Hoy, sin embargo, retornan al Supremo en furgón policial y bajo la orden de la Sala que será responsable de juzgarlos, ya que los magistrados han decidido que su presencia es obligatoria—pese a que ambos solicitaron participar por medios telemáticos—en la audiencia prevista por la Ley como paso obligatorio previo al juicio por los sobornos relacionados con la compra de contratos de material sanitario durante la pandemia de Covid.
El ex número dos del PSOE enfrentará juicio por la adjudicación a la empresa Soluciones de Gestión—vinculada al empresario Víctor de Aldama—, por la colocación laboral de sus amigas en varias empresas públicas, por la operación de arrendamiento de un chalé en La Línea de la Concepción (Cádiz) y por la estancia en un chalet vacacional en Marbella (Málaga), entre otros hechos.
Este trámite procesal es novedoso; de hecho, es la primera vez que el Supremo convoca la audiencia preliminar regulada en el artículo 785 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que entró en vigor con la reforma legal de 2025. El mencionado artículo estipula que, durante esta audiencia, las partes «podrán señalar lo que consideren relevante sobre la posibilidad de conformidad del acusado o acusados, la competencia del órgano judicial, la vulneración de derechos fundamentales, la existencia de artículos que requieren previo pronunciamiento, causas para suspender el juicio oral, nulidad de actuaciones, además del contenido, finalidad o nulidad de las pruebas propuestas. También podrán solicitar la incorporación de informes, certificaciones y otros documentos. Asimismo, podrán proponer la práctica de pruebas no conocidas en el momento de presentar sus escritos de acusación o defensa».
Desde su ingreso incondicional en prisión el 27 de noviembre, la situación procesal de Ábalos se ha agravado. La Sala de lo Penal ha confirmado la existencia de pruebas sólidas sobre su implicación en delitos, para los cuales la Fiscalía Anticorrupción pide 24 años de prisión.
Al ratificar la privación de libertad, el Supremo expuso que «el riesgo cierto y próximo de condena es alto, y por ende también lo es el de fuga». El ex titular de Transportes está imputado por delitos de organización criminal, cohecho, uso de información privilegiada, tráfico de influencias y malversación de fondos públicos.
Durante estos 77 días, José Luis Ábalos renunció además a su escaño en el Congreso de los Diputados. Esto llevó a Ábalos y a su ex asesor Koldo García a solicitar al Supremo que el juicio por el caso de las mascarillas sea trasladado a la Audiencia Nacional, debido a que ya no son aforados. Sin embargo, Anticorrupción sostendrá hoy que la competencia para celebrar la vista oral corresponde al Alto Tribunal, dado que el exdirigente socialista dimitió después de que el magistrado Leopoldo Puente dictara el auto de apertura de juicio oral.
La Sala encargada de la audiencia preliminar mañana estará conformada por los magistrados Andrés Martínez Arrieta (presidente), Manuel Marchena, Andrés Palomo, Vicente Magro, Eduardo de Porres, Julián Sánchez Melgar y Javier Hernández.

