La Audiencia de Madrid confirma el archivo de la querella contra Santos Cerdán por presunto falso testimonio en la comisión del caso Koldo

La Fiscalía ha presentado un recurso contra la admisión a trámite realizada por el juzgado y subraya que el acusado tenía derecho a mentir para protegerse de una acusación que finalmente se materializó.

Santos Cerdán en la comisión del Senado.

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictaminado la inadmisión de la querella que había interpuesto Hazte Oír contra Santos Cerdán por supuesto falso testimonio. La entidad lo acusaba de haber mentido durante la Comisión de Investigación del caso Koldo en el Senado, negando o minimizando sus vínculos con integrantes de la trama.

El juzgado admitió a trámite la querella y convocó a declarar al exsecretario de Organización del PSOE la semana pasada, aunque la comparecencia fue postergada hasta el 24 de marzo en espera de la resolución del recurso. Finalmente, esta declaración no se llevará a cabo, puesto que la Sección 6 de la Audiencia ha aceptado el recurso de apelación presentado por la Fiscalía, al que se sumó la defensa de Cerdán.

El tribunal argumenta su decisión en dos puntos. Primero, no se trata de un hecho «incuestionable» que mintiera cuando minimizó su relación con Koldo García o negó conocer a Víctor de Aldama. Los querellantes basaban esto en informes de la UCO, que los jueces no consideran como una verdad comprobada.

Y, aunque fuera así, la mentira no constituiría delito, ya que Cerdán tenía derecho a no declarar contra sí mismo, amparado por su derecho a la defensa. En aquel momento, abril de 2024, aún no había sido declarado investigado por el Supremo, aunque quedaba muy poco para que ello ocurriera, apenas dos meses.

El auto respalda el argumento de la Fiscalía: según el Supremo, quien declara en juicio «sabiendo que será investigado más adelante no comete delito de falso testimonio si miente para protegerse de la futura imputación, dado que posee un derecho constitucional a no declarar contra sí y a no confesarse culpable». Este razonamiento debe aplicarse al caso de Cerdán.

«En este caso», señala la Sala, «el querellado declaró ante la Comisión de Investigación del Senado el 30 de abril de 2024, y fue declarado investigado unos meses después, por lo que se concluye que, al comparecer ante la comisión, ya anticipaba la imputación formal que finalmente se produjo».

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