La Fiscalía solicita la absolución de Errejón alegando que besó a Elisa Mouliaá sin resistencia por su parte

Íñigo Errejón en una imagen de archivo.

La Fiscalía ha solicitado la absolución de Íñigo Errejón en el procedimiento por presunto abuso sexual que denunció Elisa Mouliaá.

El Ministerio Público sostiene que no existió delito, considerando que el beso y las conductas posteriores fueron consentidas y la actriz no mostró una oposición explícita.

Elisa Mouliaá formalizó su renuncia a ejercer la acusación particular, aunque el juez ha requerido que subsane un defecto procesal en dicha renuncia.

Según la Fiscalía, tras expresar Mouliaá su intención de no continuar, Errejón interrumpió de inmediato el encuentro, por lo que no se aprecian indicios delictivos.

La Fiscalía ha presentado un escrito de conclusiones en el que solicita la absolución del exdiputado y exportavoz de Sumar Íñigo Errejón respecto al delito de abuso sexual que se investigaba en el Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid.

El caso sigue a la espera de que la supuesta víctima, Elisa Mouliaá, confirme junto a su abogado y procurador si mantiene la renuncia a la acción penal contra Errejón.

El miércoles pasado, la actriz presentó en el Juzgado un documento firmado por ella donde renuncia a continuar con la acusación particular. El juez instructor, Adolfo Carretero, la ha citado para que corrija el supuesto defecto procesal de haber presentado ese escrito sin representación legal. Solo hace dos meses, Mouliaá solicitaba tres años de cárcel para Errejón.

La actriz no cuenta con el respaldo del Ministerio Público, que no considera que exista delito alguno en los hechos denunciados y que fueron motivo para que Carretero decidiera llevar a juicio a Errejón, decisión que el expolítico ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La fiscal encargada de la instrucción pidió en diciembre pasado el archivo de las diligencias, argumentando que la relación fue consentida por ambas partes y que «el hecho de que Errejón se acercase sin moderación ni delicadeza a una persona adulta, consciente y con pleno uso de sus facultades, sin relación de dominio, con actos propios del interés por conocerse y eventualmente iniciar una relación, aunque finalmente no se concretaran expectativas, excede notablemente» lo que constituye un delito de abuso sexual.

Actualmente, la Fiscalía ha remitido un escrito de conclusiones, al que tuvo acceso EL ESPAÑOL y que data del 28 de enero, en el que solicita la absolución del exdiputado de Sumar.

Los hechos considerados provisionalmente probados por la fiscal indican que Errejón, en calidad de diputado en el Congreso, mantuvo intercambios de mensajes con Mouliaá mediante redes sociales durante los meses previos a octubre de 2021.

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La fiscal señala que tales mensajes «fueron evolucionando hasta adquirir una naturaleza más íntima, culminando en el mutuo deseo de conocerse personalmente».

El 8 de octubre de 2021, Mouliaá acudió a la presentación de un libro de Errejón, y posteriormente ambos compartieron una consumición.

Posteriormente, según la fiscal, «con la intención de continuar conociéndose, se dirigieron a una fiesta organizada por amigos de Elisa Mouliaá en un piso ubicado en la calle (…) de Madrid».

«Antes de ingresar al inmueble, mientras estaban en el ascensor, el investigado, en el contexto del coqueteo que sostenían, besó a Elisa sin que ella manifestara rechazo alguno«, ha indicado la fiscal.

En la vivienda, bebieron, bailaron y conversaron con los presentes, y en algún momento de la noche, para lograr mayor privacidad, se retiraron a un dormitorio donde Íñigo Errejón, con ímpetu, comenzó a besarla, quitarle el sujetador y tocarle los pechos, acto que mantuvo durante varios minutos hasta que Elisa Mouliaá le pidió que salieran, a lo que él accedió.

El escrito de la fiscal expresa que, al finalizar la fiesta, «ambos decidieron ir al domicilio del investigado, donde nuevamente él comenzó a tocarla en diferentes partes del cuerpo; en ese momento, Elisa Mouliaá, molesta por la rapidez y vehemencia del encuentro sexual, le manifestó que no quería continuar, lo que provocó que el encuentro cesara en ese instante y que ella se marchara a su domicilio».

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La Fiscalía concluye que «los hechos narrados no constituyen delito», añadiendo que «al no existir delito, no se puede atribuir autoría» y que por ello es procedente la absolución libre del acusado.

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