El TJUE anula la retirada de inmunidad a Puigdemont por falta de imparcialidad en la Eurocámara

El TJUE anula la retirada de inmunidad a Puigdemont por falta de imparcialidad en la Eurocámara

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado la anulación de la resolución del Parlamento Europeo que suspendía la inmunidad parlamentaria del ex president Carles Puigdemont y de los ex consellers Toni Comín y Clara Ponsatí. Esta sentencia, aunque jurídicamente relevante, carece de efectos prácticos inmediatos para Puigdemont, quien ya no ostenta la condición de eurodiputado. Actualmente, el político catalán permanece a la espera de un fallo distinto: aquel que determine si la Ley de Amnistía es compatible con el marco normativo de la Unión.

El factor Dzhambazki: un conflicto de intereses en la Eurocámara

La resolución notificada este jueves no entra a valorar el fondo de la cuestión penal, sino que se centra en un defecto de forma procedimental. El eje del fallo es Angel Dzhambazki, el eurodiputado búlgaro que actuó como ponente de los suplicatorios de suspensión. Dzhambazki pertenecía al grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (ECR), la misma formación política en la que se integran los cinco diputados de Vox. Dado que Vox fue el partido que impulsó la querella criminal contra Puigdemont en el Tribunal Supremo, el TJUE considera que la imparcialidad del proceso quedó comprometida.

Esta decisión rectifica la postura previa del Tribunal General, que en su momento desestimó las quejas de los recurrentes al considerar que dicha cercanía política era irrelevante. Con este nuevo criterio, la justicia europea contradice también la recomendación del abogado general, quien inicialmente propuso rechazar los recursos de los políticos catalanes.

Antecedentes de un proceso dilatado

La trayectoria judicial del caso se remonta a octubre de 2017. Tras el referéndum declarado ilegal por el Tribunal Constitucional, Puigdemont abandonó España para evitar el proceso abierto en el Supremo. Su elección como eurodiputado en 2019 le otorgó una protección que el Alto Tribunal español intentó levantar mediante una petición formal a la Eurocámara. En 2021, el Parlamento Europeo votó a favor de retirarles la inmunidad para permitir su procesamiento, una decisión que fue ratificada por el Tribunal General dos años después, pero que ahora queda invalidada.

En el presente escenario, solo Toni Comín —elegido de nuevo en los últimos comicios europeos, aunque aún sin acta formalizada— podría obtener algún beneficio directo derivado de esta resolución judicial.

El estándar de imparcialidad exigido por el TJUE

La sentencia del máximo tribunal de la Unión Europea subraya la necesidad de coherencia en el reglamento interno del Parlamento. El TJUE advierte que si las normas actuales ya impiden que un ponente pertenezca al mismo grupo político que el diputado afectado, esa prohibición debe extenderse, por lógica, a grupos cuyos miembros sean los propios promotores de la causa penal en cuestión.

El tribunal aporta datos concretos para sustentar la falta de objetividad del ponente:

  • En marzo de 2019, Dzhambazki organizó un evento titulado «Cataluña es España» con la participación de Ignacio Garriga, secretario general de Vox.
  • Durante aquel acto, Garriga finalizó su intervención con la proclama «¡Puigdemont a prisión!».
  • Para entonces, Vox ya figuraba como acusación popular en el proceso judicial español.

El TJUE rechaza el argumento del Parlamento Europeo, que sostenía que el hecho de organizar el evento no implicaba que el ponente compartiera las palabras de los invitados. La sentencia es tajante al afirmar que la organización de dicho acto demostraba una posición favorable al procesamiento de los afectados. Por consiguiente, se ha vulnerado el derecho a una buena administración, principio recogido en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, que exige un trato imparcial y equitativo por parte de los organismos de la Unión.

El escenario nacional: el Tribunal Constitucional y el Supremo

Mientras se dirime la batalla legal en Europa, en España la situación jurídica permanece estática. El Tribunal Constitucional ha decidido ratificar la orden de detención nacional dictada por el Tribunal Supremo contra Puigdemont. Esta medida se mantendrá vigente hasta que el órgano constitucional resuelva el recurso presentado por la defensa del ex president contra la negativa del Supremo a aplicarle de forma automática la Ley de Amnistía.

Por su parte, Puigdemont ha reaccionado a las noticias procedentes de Luxemburgo solicitando su retorno inmediato a España, apoyándose en la relevancia jurídica del fallo europeo.

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