Se invoca la interpretación del artículo 17 de la Ley de Defensa Nacional para analizar una posible presencia en Groenlandia o Ucrania

«Para ordenar operaciones en el extranjero que no estén directamente vinculadas a la defensa de España o del interés nacional, el Gobierno debe realizar una consulta previa y solicitar la autorización del Congreso de los Diputados». El artículo 17 de la Ley de la Defensa Nacional establece claramente esta disposición en su primer apartado. Sin embargo, la excepción de «la defensa de España o del interés nacional» ha sido el argumento utilizado por todos los Gobiernos para enviar tropas al extranjero sin pasar por la Cámara Baja. Este será ahora el fundamento que esgrima Defensa para proceder con el envío de personal a Ucrania o Groenlandia.
En el tablero del Estado Mayor de la Defensa figuran estos dos lugares como posibles despliegues futuros. En el caso de Groenlandia, ante la postura del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que alegaba razones de seguridad para apropiarse de este territorio danés, la OTAN ha trabajado en las últimas semanas para hallar una solución que evite la disolución de la Alianza Atlántica. Tras varias consultas internas entre los países miembros, el secretario general de la Alianza propuso al mandatario estadounidense desplegar una misión de la OTAN en Groenlandia similar a la que actualmente se realiza en Polonia para contrarrestar la influencia rusa. España contribuye a esa misión con dos cazas y un A400M. Al formar parte de la misión en el flanco Este, este despliegue no requirió pasar por el Congreso.
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