Madrid y Andalucía prohibirán el acceso a vivienda social durante cinco años a aquellos que hayan sido condenados por okupación.
Esta medida afecta a quienes cuenten con sentencias por allanamiento de morada o usurpación de vivienda, así como a quienes hayan sido desahuciados de viviendas públicas.
En España, las denuncias por okupación han incrementado, mientras que las condenas se han reducido casi un 60% en cinco años.
Se está contemplando una reforma legal que permita acelerar los procesos judiciales y desahucios relacionados con la okupación, con resoluciones en un máximo de 15 días.
La Comunidad de Madrid y Andalucía han optado por endurecer las condiciones para acceder a viviendas públicas para personas condenadas por okupación, justo cuando las denuncias por este delito se incrementan.
Ambas medidas, una anunciada por Ayuso este lunes y otra vigente desde el sábado en Andalucía, buscan restringir el acceso a ayudas públicas para quienes hayan recibido condenas por allanamiento de morada o usurpación de viviendas.
En concreto, la iniciativa madrileña prohibirá que aquellos condenados por delitos relacionados con la okupación puedan acceder a una vivienda protegida durante cinco años siguiente a la sentencia.
Esta normativa formará parte del nuevo Reglamento de Vivienda Pública que el Gobierno autonómico planea aprobar en julio, y según Ayuso, representa un esfuerzo reforzado en su «lucha contra la ocupación, a pesar de tener competencias limitadas».
La medida madrileña se anunció pocos días después de que Juanma Moreno lanzara una iniciativa semejante.
La ley de vivienda andaluza, vigente desde el sábado, determina que no podrán optar a viviendas de promoción pública o social quienes hayan sido condenados por allanamiento de morada o usurpación de vivienda en los cinco años previos al proceso de asignación.
Además, la normativa excluye a personas que cuenten con una resolución administrativa firme de desahucio por ocupación ilegal en otra vivienda pública dentro del mismo municipio, similares condiciones a las establecidas en Madrid.
A través de estas políticas, ambas comunidades envían un mensaje político conjunto contra la ocupación, en un contexto marcado por el aumento de denuncias, unido a una disminución en las condenas firmes contra okupas. Pero, ¿cuáles son las causas?
Datos del Ministerio de Interior, encabezado por Fernando Grande-Marlaska, revelan que en 2024, a pesar de que las denuncias y acciones policiales por ocupación de viviendas crecieron en España, las condenas judiciales bajaron.
Las cifras judiciales muestran que las sentencias condenatorias por okupación se redujeron casi un 60% en los últimos cinco años, desde más de 3.700 anuales hasta poco más de 1.500.
Este dato no refleja el total de casos de okupación, pues, paralelamente, las fuerzas de seguridad han registrado un aumento en denuncias, investigaciones y detenciones por usurpación y allanamiento, con incrementos notables en algunas regiones y descensos en otras, como Madrid.
Específicamente, las denuncias por ocupación de viviendas aumentaron un 7,4% en 2024 en toda España, alcanzando 16.426, que comprenden tanto delitos habituales de usurpación como los más graves de allanamiento.
Cataluña lidera este número con 7.009 casos, lo que supone el 42% del total nacional.
Una explicación clave para esta discrepancia entre denuncias y condenas reside en la duración de los procesos judiciales.
Los trámites por okupación suelen extenderse meses o incluso años, lo que retrasa las sentencias firmes y distorsiona la estadística anual.
Esta lentitud ha motivado a diversas comunidades autónomas y al Congreso de los Diputados a debatir reformas legales para agilizar los procedimientos y fortalecer la respuesta judicial frente a esta problemática.
Entre estas reformas destaca la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, diseñada para acelerar significativamente los desahucios por okupación.
Esta reforma fue aprobada en el Congreso con votos de PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, Bildu y ERC, y ratificada por el Senado; ahora, espera una nueva revisión en la Cámara.
El PP ha denominado a este procedimiento «juicio exprés» contra la okupación, lo que implica que los casos sean juzgados en un máximo de 15 días y que los desahucios no se prolonguen hasta un año, sino que se ejecuten mucho más rápido.
Esta medida permitiría evitar los retrasos actuales, responsables del bajo número de condenados mientras los casos de okupación continúan en aumento.

