La Agencia Tributaria ya ha pagado más de 13.000 millones de euros del IRPF 2024, aunque miles de declaraciones continúan bajo análisis

Hasta finales de 2025, la Agencia Tributaria ha reintegrado más de 13.000 millones de euros a más de 15,6 millones de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2024. No obstante, permanecen 388.207 contribuyentes sin haber recibido su devolución, de acuerdo con las cifras oficiales publicadas por el organismo.
Aunque la mayor parte de las declaraciones con resultado a devolver ya han sido pagadas, esta cantidad pendiente genera preocupación entre los afectados, sobre todo por la posibilidad de demoras significativas en el abono.
Las causas por las cuales la devolución aún no se ha realizado son variadas. La más frecuente es que la declaración esté siendo sometida a una verificación o revisión específica, según explican desde la plataforma fiscal TaxDown.
En el caso de los trabajadores autónomos, la Agencia Tributaria suele aumentar el nivel de control, inspeccionando posibles incongruencias entre ingresos y gastos declarados, o verificando que estos últimos estén debidamente relacionados con la actividad laboral. También se pueden detectar errores en la información, discrepancias con los datos en poder de Hacienda o gastos que no han sido reportados correctamente.
Cómo verificar el estado de la declaración
Frente a esta espera, los contribuyentes tienen la opción de consultar el estado de su devolución mediante la página web de la Agencia Tributaria, dentro del apartado de Renta 2024. El acceso se puede realizar con certificado electrónico, Clave PIN o mediante el número de referencia del borrador.
Entre los mensajes más comunes que pueden aparecer están “Su declaración se está tramitando”, “Su declaración está siendo verificada” o “Su declaración ha sido procesada por los órganos de Gestión Tributaria”.
Cuánto tarda Hacienda en devolver la declaración de la Renta.
De la devolución al pago efectivo
El desenlace de la comprobación puede generar diferentes escenarios. En algunas situaciones, la declaración inicialmente registrada como “a devolver” puede transformarse en “a pagar”. En tales casos, puede aplicarse o no una sanción, dependiendo del tipo de error detectado.
Otro escenario posible es que Hacienda confirme la devolución, pero por un importe inferior al solicitado. En este contexto, la Agencia Tributaria deberá abonar intereses de demora, aunque únicamente sobre la cantidad finalmente reconocida. Por ejemplo, si se reclamaron 300 euros y la cantidad aprobada es 50, los intereses se calcularán solo sobre esos 50 euros.
Por último, puede ocurrir que la devolución sea correcta, pero que el pago se haya retrasado sin modificar el importe. En este supuesto, Hacienda también debe compensar al contribuyente con intereses por el retraso.
Qué intereses de demora corresponde pagar a Hacienda
La normativa que regula el IRPF contempla expresamente este tipo de retrasos. Según detalla Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown, la ley señala que la devolución debe efectuarse “dentro de los seis meses posteriores al término del plazo fijado para la presentación de la declaración”.
Esto establece como límite general el 1 de enero de 2026, salvo en los casos en los que la declaración haya sido presentada fuera de plazo, en cuyo caso el cómputo se inicia a partir de la fecha de presentación.
Si Hacienda supera ese plazo, estará obligada a abonar intereses de demora del 4,0625% anual, aplicables desde el fin de los seis meses hasta la orden de pago. Este interés es fijado por el Gobierno en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y fue actualizado en 2023 tras años sin modificaciones. En cualquier caso, los contribuyentes afectados recibirán una notificación de la Agencia Tributaria en la que se detallarán los intereses de demora correspondientes.

