Expertos legales critican a Juan Carlos por apropiarse de la Corona: «La legitimidad está basada en la Constitución, no en el individuo»

Juan Carlos I, el pasado 5 de noviembre en O Grove (Pontevedra).

Expertos en derecho constitucional refutan las declaraciones de Juan Carlos I sobre la legitimidad de la Corona y sostienen que esta se fundamenta en la Constitución de 1978.

Los especialistas consultados coinciden en que ni Juan Carlos I ni Felipe VI pueden atribuirse una legitimidad propia al margen del texto constitucional.

El artículo 57 de la Constitución reconoce la sucesión desde Juan Carlos I, pero la legitimidad de la Monarquía opera dentro del marco constitucional vigente.

Las afirmaciones del Emérito se juzgan imprecisas y, para determinados juristas, incluso perjudiciales para la institución monárquica y para Felipe VI.

«La Corona de mi hijo se sostiene sobre un fundamento institucional del cual yo soy el origen. (…) No descansa en varias generaciones de monarcas constitucionales; se basa completamente en mí«.

Estas frases forman parte de Reconciliación, la obra de memorias de Juan Carlos I que ha salido recientemente en España, tras su publicación previa en Francia.

No solo la aparición de este libro, sino determinadas expresiones como las citadas, han generado un debate público tanto dentro como fuera de nuestras fronteras.

Varios expertos en derecho constitucional responden en EL ESPAÑOL al interrogante planteado por el Emérito: ¿se sustenta la institución de la Corona completamente en él?

Todos los profesionales entrevistados afirman que la legitimidad de la Corona «reside en la Constitución de 1978».

«De hecho, la legitimidad tanto de la Corona de Juan Carlos I como de la de Felipe VI se deriva de la Constitución. Ninguno puede atribuirse una legitimidad independiente», destaca Yolanda Gómez, exdirectora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Esta especialista califica las expresiones del Emérito como «poco precisas», aunque considera que, imprecisamente, hacen referencia al artículo 57 constitucional, que establece una Monarquía hereditaria basada en los sucesores de Juan Carlos I.

«Sí, está claro que la Constitución reconoce la sucesión a partir del rey Juan Carlos I», señala Gómez. «Pero afirmar que la legitimidad de la Corona de Felipe VI proviene de él [Juan Carlos I] es incorrecto», concluye la profesora y doctora.

«Desde un punto de vista constitucional, la legitimidad y la actual estructura de la Corona, guste o no, se derivan de la Constitución. Tanto es así que ésta podría modificarse y eliminar la Monarquía», ejemplifica, a su vez, Miguel Presno Linera, doctor y profesor titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Oviedo.

En diálogo con EL ESPAÑOL, Presno reconoce el «hecho innegable» de que el modelo de Jefatura del Estado monárquico «posee una dimensión hereditaria».

«Sin embargo, eso no significa que el Rey esté por encima de la Constitución, como parece implicar el Emérito [en ese fragmento de sus memorias]», enfatiza el catedrático, que considera, además, que dichas palabras resultan «perjudiciales para la Monarquía misma» y para Felipe VI.

Por otro lado, Germán Teruel, profesor titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Murcia y director adjunto de investigación en la Fundación Hay Derecho, recuerda que Juan Carlos I fue una figura «fundamental» para «asegurar la Democracia en España».

«Es cierto que la Constitución española, para evitar disputas históricas sobre la titularidad de la Corona, estableció personalmente en Juan Carlos y sus sucesores legítimos la posesión de la misma», reconoce Teruel.

«Y es verdad que se debe reconocer su rol como padre y gestor durante el periodo de Transición», añade en conversación telefónica.

«No obstante, actualmente, la legitimidad de la Corona radica en la propia Constitución y corresponde a su titular [Felipe VI] desempeñar sus funciones conforme a lo establecido y se reconozca la relevancia de ello en una magistratura como la Monarquía con ejemplaridad», apunta Teruel.

«El porvenir de la institución, a mi juicio, depende menos del pasado o de la figura de Don Juan Carlos, y más de cómo se desempeñen el rey Felipe y sus sucesores. En este sentido, el rey Felipe actúa de forma excepcional, mostrando una rectitud notable», valora el académico.

Alineado con Yolanda Gómez, Víctor Vázquez, profesor titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, también interpreta que las palabras de Juan Carlos hacen referencia al artículo 57 de la Constitución. Además, reconoce que la reinstauración de la monarquía tras el franquismo fue un «hecho inusual».

«La monarquía es una institución muy tangible y, aunque constitucional, se fundamenta en la lógica hereditária», admite Vázquez en este medio.

«En este caso», aclara, «la legitimidad para ejercer la Corona ha requerido del distanciamiento [de Felipe VI respecto a su padre]». «En efecto, la legitimidad de la Corona reposa en la Constitución, por lo que este fragmento de las memorias me resulta inapropiado no sólo por prudencia, sino también constitucionalmente», concluye Vázquez.

«Sostener que, dado que la Monarquía fue establecida partiendo de él, depende por completo de Juan Carlos I, es una postura discutible, cuando no deformada o, más bien, desfasada», opina Agustín Ruiz Robledo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada.

«No se puede concebir a la Monarquía como una institución dependiente de una sola persona», agrega. «Legalmente, la Monarquía se asienta en la Constitución, como todas las demás instituciones del Estado», concluye Ruiz Robledo.

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