La actriz Elisa Mouliaá solicita la apertura de juicio contra Íñigo Errejón, exdiputado y exportavoz de Sumar, pidiendo una condena de tres años de prisión por un supuesto delito continuado de abuso sexual.
Además, Mouliaá exige una compensación económica de 30.000 euros por daños morales y la instauración de una pieza separada de responsabilidad civil para garantizar una posible indemnización.
Los acontecimientos habrían tenido lugar en octubre de 2021 en el transcurso de una fiesta, donde Errejón presuntamente le dio un beso sin consentimiento y realizó tocamientos sexuales, deteniéndose ante la resistencia de la víctima.
Errejón niega dichos hechos, y su defensa argumenta que no hay indicios que evidencien un delito, señalando que la acusación se basa exclusivamente en el testimonio de la denunciante.
La actriz Elisa Mouliaá ha solicitado que se abra un proceso judicial contra el exdiputado y exportavoz de Sumar Íñigo Errejón y que se le imponga una condena de tres años de prisión por un delito continuado de abuso sexual.
En el escrito de acusación, al que pudo acceder Europa Press, Mouliaá solicita que Errejón sea condenado a abonarle 30.000 euros «por daños morales y perjuicios derivados del abuso sexual o, subsidiariamente, la cantidad que se establezca en su momento, durante la fase ejecutiva».
También pide que se abra una pieza separada de responsabilidad civil contra el acusado, así como que se le exija el pago de una fianza y que, en caso de no satisfacerla, se investigue su patrimonio.
Íñigo Errejón, que ha negado las acusaciones, apeló contra su procesamiento por un supuesto delito de agresión sexual cometido contra la actriz una noche de octubre de 2021, alegando que no existen «mínimos indicios» de culpabilidad.
Su defensa sostiene que las diligencias realizadas durante la investigación «descartan la existencia de indicios mínimos de criminalidad y corroboran el relato fabricado por la denunciante».
De hecho, el 25 de noviembre pasado, la defensa del exportavoz de Sumar solicitó a la Audiencia Provincial de Madrid que anulara la resolución del juez instructor Adolfo Carretero que propuso su enjuiciamiento por un presunto delito de agresión sexual hacia la actriz Elisa Mouliaá.
«En su declaración judicial cometió un delito de falso testimonio«, señala la defensa.
El recurso sostiene que no hay indicios racionales de un contacto sexual sin consentimiento por parte de Mouliaá, cuya declaración fundamenta la decisión del juez instructor.
La disposición del juez Carretero de imputar a Errejón por un presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá, quien presentó la denuncia el 24 de octubre de 2024, permitió llevarlo a juicio.
Los hechos habrían ocurrido el 10 de octubre de 2021 durante una celebración en la vivienda de unos conocidos de la actriz.
Errejón le habría dado «un beso sin consentimiento» y efectuado «tocamientos sexuales con una ligera resistencia, desistiendo ante la oposición de la víctima».
Carretero detectó los «mínimos indicios» suficientes para que Errejón sea juzgado por un presunto delito de abuso sexual anterior a la ley del solo sí es sí de 2022, que no estaba vigente cuando ocurrieron los hechos, siendo calificados estos como agresión sexual, lo que implica una pena mayor.
«No existen testigos presenciales y, contando con algunos testimonios y peritajes, el principal indicio probatorio es la declaración de la perjudicada«, expresó el juez, quien añadió que no puede sustituir a la autoridad judicial al haber elementos que respaldan tanto la versión de Mouliaá como la de Errejón.
El instructor se fundamentó en la declaración de Elisa Mouliaá, que «no ha sido completamente desacreditada por la versión del investigado».
Para la denunciante, los besos y tocamientos fueron realizados sin su consentimiento. Errejón reconoció esos actos, pero negó que hubieran sido sin el consentimiento de la actriz.
Sobre el retraso de tres años en denunciar los hechos, el juez adoptó la versión de Mouliaá: «Retrasó la denuncia, según su testimonio, por miedo a la personalidad del denunciado» y «decidió denunciar más adelante al ver que otras mujeres comentaban hechos similares en medios».
Tras la resolución del juez Carretero, la defensa de Errejón solicitó a la Audiencia Provincial de Madrid su anulación bajo el argumento de que el testimonio de Mouliaá «no cumple los requisitos para ser considerado prueba suficiente tras haber sido contradicho por numerosas diligencias testificales, periciales y documentales que el instructor ignoró«.
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