Amama podría recibir una sanción de hasta 600.000€ por no proporcionar información requerida por la Junta sobre cáncer de mama

La presidenta de Amama Sevilla, Ángela Claverol, atiende a los medios tras una reunión mantenida con la ministra de Sanidad, Mónica García.

La asociación Amama, que reúne a mujeres sevillanas diagnosticadas con cáncer de mama, podría enfrentarse a una sanción de hasta 600.000 euros por su negativa a facilitar datos relativos a afectadas por fallos en el sistema de cribado.

La Ley de Salud Pública de Andalucía establece la obligación para ciudadanos y asociaciones de colaborar con las autoridades sanitarias y aportar información relevante en situaciones de emergencia sanitaria pública.

Amama sostiene que la información requerida es confidencial y que debería ser la administración sanitaria quien la gestione, apoyándose en la normativa de protección de datos.

Por su parte, el Gobierno andaluz considera que la falta de cooperación por parte de Amama puede constituir una infracción muy grave, sancionable con la multa más alta establecida por la ley.

La asociación Amama, que agrupa a mujeres de Sevilla que han sufrido cáncer de mama, enfrenta una posible multa que podría alcanzar los 600.000 euros. ¿La razón? La negativa a proporcionar los datos que aseguran poseer sobre mujeres afectadas por fallos en el sistema de cribado.

Así lo establece la Ley de Salud Pública de Andalucía, la cual en su articulado impone la obligación de responder a los requerimientos de información del Gobierno andaluz. Igual lo dispone la Ley de Procedimiento Administrativo.

Este lunes lo explicó el consejero de Sanidad, Presidencia y Diálogo Social, Antonio Sanz, quien especificó que el artículo 18 de dicha ley exige a los ciudadanos andaluces «poner en conocimiento de las autoridades sanitarias cualquier suceso o situación que pueda ser considerada una emergencia de salud pública».

En opinión de Sanz, los fallos en el cribado constituyen «una emergencia de salud pública», puesto que, según argumentó, ponen en peligro la vida de las mujeres, su confianza en el sistema y, además, la falta de información podría impedir que el SAS atienda a mujeres que «de existir», solo conocería Amama.

La norma también prohíbe que los ciudadanos «causen, de manera voluntaria o por negligencia grave, un riesgo para la salud de otras personas«, una situación que, según el Gobierno andaluz, podría estarse dando con la postura de Amama.

«Cooperar»

De igual manera, el artículo 18 de esta ley obliga a los ciudadanos de la comunidad a «colaborar con las autoridades sanitarias en la protección de la salud, la prevención de enfermedades y en las estrategias para promover la salud y la calidad de vida».

En este apartado, el Gobierno andaluz considera que Amama podría incumplir al negarse a entregar los datos que, según medios, afirman poseer.

Para quienes incumplan estas disposiciones, la ley contempla un régimen sancionador con multas que van desde leves (hasta 3.000 euros), graves (entre 3.001 y 15.000 euros) y muy graves (de 15.001 hasta 600.000 euros).

Según esta misma ley, consultada por EL ESPAÑOL, la falta de colaboración con respecto a la información puede constituir una infracción muy grave.

Así ocurre porque el régimen sancionador incluye que «la negativa absoluta a facilitar información, suministrar datos o prestar colaboración a las autoridades sanitarias o funcionarios de salud pública en el desempeño de sus funciones» se considera una falta muy grave.

Existen otras razones que la Junta de Andalucía podría invocar para sancionar a Amama con hasta 600.000 euros.

Un punto del régimen señala que es punible «el incumplimiento consciente y deliberado de los requisitos, obligaciones o prohibiciones establecidas en la normativa sanitaria o cualquier otro acto doloso, aunque no produzca un riesgo o alteración grave para la salud pública», como podría ser la negativa a entregar información.

Además, se especifica que será sancionable «el incumplimiento reiterado a los requerimientos específicos de las autoridades sanitarias, así como la falta de cumplimiento reiterada de medidas cautelares o definitivas, especialmente cuando ocasionen daño grave para la salud de las personas».

Este supuesto se ajusta a la negativa repetida a remitir la información solicitada por la Junta de Andalucía.

Por otro lado, la Ley de Procedimiento Administrativo andaluz establece en su artículo 18 que «las personas colaborarán con la Administración en los términos previstos en la legislación aplicable, y a falta de regulación expresa, facilitarán a la Administración informes, inspecciones y otros actos de investigación requeridos para el ejercicio de sus competencias».

No obstante, esta norma también señala que la colaboración puede ser omitida cuando «la divulgación de la información solicitada por la Administración atente contra el honor, la intimidad personal o familiar o implique la comunicación de datos confidenciales de terceros, de los cuales se tenga conocimiento debido a la prestación de servicios profesionales de diagnóstico, asesoramiento o defensa».

Este argumento es, precisamente, uno de los que Amama expone para no entregar la documentación que asegura tener sobre mujeres afectadas por los fallos en el cribado del cáncer de mama.

Según un comunicado de la asociación sevillana, el SAS «exige a una modesta asociación de mujeres datos, todos confidenciales, que solo maneja en su totalidad la propia Administración que los solicita».

Amama sostiene que «es la administración sanitaria la que debe poseer los datos de las mujeres que no fueron citadas, las que experimentaron retrasos y las consecuencias individuales para cada una«.

Además, la asociación cuestiona la legitimidad de quien firma el requerimiento, la directora general de Servicio de Salud, argumentando que «quizás no tenga la autoridad necesaria para formalizar dicho requerimiento como ‘autoridad sanitaria'».

Ley de Salud Pública

La propia organización reconoce el artículo 18 de la Ley de Salud Pública, pero lo contrapone a las Leyes orgánicas -de rango superior- 3/2018 y 41/2002 que «prohíben expresamente el tratamiento de datos de salud por terceros, salvo que exista consentimiento expreso, escrito e informado, y en un marco legítimo».

El consejero de Sanidad, Antonio Sanz, reiteró este lunes la petición de información y exigió precisión en los datos. Criticó que Amama afirmara que había «4.000 mujeres afectadas» por los fallos en el cribado del cáncer de mama.

«No eran 4.000 mujeres sino 4.000 llamadas», aclaró. «¡Válgame Dios, es distinto», agregó, y relató las tres reuniones donde la asociación tuvo la oportunidad de facilitar los datos —con él, la directora del hospital Virgen del Rocío y un profesional sanitario—.

«No se puede engañar a la administración ni generar alarma», pidió Sanz. «La ley obliga a entregar los datos. Si se niega la información, se aplicará la ley«, concluyó el consejero.

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