Se declara extinguida la posible responsabilidad penal de las personas involucradas en el ‘procés’, entre las que se encuentra el ex presidente del Parlament Catalán Roger Torrent

Ocho días después de que el Tribunal de Justicia de la UE confirmara que la Ley de Amnistía se ajusta a la normativa comunitaria, el Tribunal Supremo ha concedido la medida de gracia a ocho personas condenadas por desobediencia o altercados públicos.
Así lo ha anunciado la Sala de lo Penal del Supremo mediante cuatro autos que declaran extinguida la posible responsabilidad penal de estas personas, entre las que figura el ex presidente del Parlament catalán Roger Torrent, condenado junto a los miembros de la Mesa Josep Costa i Roselló, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado Herreros por un delito de desobediencia vinculado al procés.
Específicamente, la condena se basa en admitir a trámite dos iniciativas parlamentarias: una que reafirmaba el derecho a la autodeterminación y otra que censuraba a la monarquía. Todo ello, a pesar de que el Tribunal Constitucional había anulado previamente resoluciones similares del Parlament y advertido que este tipo de propuestas no podían permitirse.
En este proceso, los acusados fueron absueltos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en noviembre de 2022. La Fiscalía interpuso recurso de casación contra esta decisión, aunque la resolución se paralizó a la espera del fallo del Tribunal Constitucional sobre la constitucionalidad de la Ley de Amnistía, aprobada en junio de 2024. La última sentencia del TS declara extinguida la posible responsabilidad penal y ordena de oficio el pago de las costas provocadas.
El quinto beneficiado por la amnistía es Maties Serracant, ex alcalde de Sabadell, quien fue condenado en mayo de 2023 por haber puesto a disposición recursos municipales para el referéndum del 1-O.
Los otros tres amnistiados son personas relacionadas con los altercados ocurridos tras conocerse la sentencia procés: dos de ellos recibieron condena en 2021 y el tercero, en 2022.

