La Seguridad Social especifica qué trabajadores recibirán el 100% de su pensión de jubilación en 2026

Los trabajadores con 38 años y 3 meses cotizados pueden retirarse a los 65 años con la pensión contributiva completa, pero quienes no alcancen ese umbral deben esperar a los 66 años y 10 meses

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz.(Marta Fernández - Europa Press)

La Seguridad Social española dispone que los trabajadores nacidos entre 1960 y 1970 podrán percibir el 100% de su pensión de jubilación en 2026 si acreditan al menos 38 años y 3 meses cotizados, lo que les habilita a retirarse desde los 65 años con la pensión contributiva completa. Quienes no alcancen ese requisito tendrán que esperar hasta los 66 años y 10 meses para acceder al importe íntegro, de acuerdo con la tabla de aplicación progresiva publicada en el portal oficial del organismo.

Cumplir la edad ordinaria junto con el período de cotización solicitado es la condición que asegura la percepción completa de la prestación. La jubilación anticipada o con menos años cotizados implica la aplicación de coeficientes reductores que disminuyen la cuantía final. Desde la reforma del 2013, el acceso a la pensión de jubilación depende de dos variables combinadas: la edad y el tiempo cotizado durante toda la vida laboral. La regulación fija como referencia definitiva los 67 años o los 65 años si se acreditan 38 años y 6 meses de cotización, aunque esta modalidad definitiva no comenzará a aplicarse hasta 2027. Para 2026, el límite de cotización que permite jubilarse a los 65 permanece en 38 años y 3 meses, igual que en 2025, si bien la edad alternativa incrementa en dos meses con respecto al año previo.

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Enrique Devesa, investigador del Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE), expone las medidas posibles para reducir el gasto en pensiones y garantizar la sostenibilidad del sistema público.

Son precisamente quienes nacieron en los años 60 los que, en este año, alcanzan la edad ordinaria de jubilación. Aquellos que cumplan 65 años en 2026 y acrediten ese período de cotización tendrán derecho a la pensión completa. Por otro lado, quienes no logren alcanzar los 38 años y 3 meses cotizados deberán esperar hasta los 66 años y 10 meses, lo cual traslada el acceso a la pensión íntegra a quienes nacieron en 1959 o a principios de 1960.

Reglas de cotización para 2026

El cálculo de los períodos cotizados también sigue normativas fijas establecidas por la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Los días cotizados se suman y se convierten a años y meses utilizando equivalencias exactas: el año equivale a 365 días y el mes a 30,41666 días. Únicamente se contabilizan años y meses completos, sin que las fracciones se equiparen a una unidad entera. Además del tiempo efectivamente cotizado, el sistema reconoce como cotizados los períodos de excedencia por cuidado de familiares, las bonificaciones por cuidado de hijos o menores acogidos, según el Real Decreto 1716/2012, y los períodos asimilados por parto para las trabajadoras, conforme al artículo 235 de la LGSS.

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Santiago Carbó, catedrático del Departamento de Economía en CUNEF Universidad, señala que los salarios que reciben los jóvenes son inferiores a las pensiones de los jubilados, por lo que considera imprescindible implementar medidas que reduzcan esta brecha.

Para acceder a cualquiera de las modalidades de pensión contributiva, la Seguridad Social exige un mínimo de 15 años cotizados (5.475 días), de los cuales al menos dos deben estar incluidos en los 15 años previos a la solicitud. Este requisito abarca tanto a trabajadores dados de alta como a quienes no estén activos en el momento de la jubilación.

No obstante, el marco vigente en 2026 tiene un carácter transitorio. Desde 2027, el sistema adoptará su configuración definitiva: quienes no acrediten 38 años y 6 meses de cotización deberán esperar hasta los 67 años para jubilarse con el 100% de la prestación, mientras que aquellos que superen ese límite podrán hacerlo a los 65 años. Estas condiciones fueron publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) mediante el Real Decreto 39/2026, de 21 de enero.

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