El Tribunal de Madrid descarta denuncias contra Sánchez, PSOE y Fiscalía por la pancarta que calificaba al presidente de «corrupto» frente al Congreso

Se considera que la acción de Hazte Oír representa «una crítica política» y no un insulto, debido a que «el término mencionado está vinculado a varios procesos judiciales en curso que involucran al entorno del presidente del Gobierno».

Pancarta contra Pedro Sanchez que colgó Hazte Oír frente al Congreso de los Diputados en mayo de 2025.

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el archivo de la causa iniciada contra Hazte Oír por desplegar una lona de gran tamaño frente al Congreso de los Diputados en la que se calificaba de corrupto a Pedro Sánchez. El presidente del Gobierno, el PSOE y la Fiscalía impugnaron el sobreseimiento decretado por el juzgado.

El Ministerio Público consideró que los hechos «podrían constituir delitos contra la integridad moral y coacciones, dado que buscaban humillar y denigrar la figura del presidente, lesionando su dignidad». Además, opinó que el archivo era «prematuro», al no haberse recibido aún los informes que el propio juzgado había aceptado solicitar.

Por su parte, el PSOE y Sánchez argumentaron en el recurso que «la libertad de expresión no puede proteger conductas que menoscaben el honor de las instituciones».

El tribunal señala que si el juez instructor considera que ya dispone de «información suficiente» para determinar la ausencia de delito, «no es necesario esperar al resultado de diligencias, incluso si se han ordenado».

Además, añade que la jurisprudencia «ha reconocido de forma reiterada la prioridad de los derechos a la libertad de expresión e información, esenciales para la formación de la opinión pública en cualquier sociedad democrática y, por ende, base y fundamento de los demás derechos fundamentales, siempre que se trate de asuntos de interés general y puedan afectar a personas públicas».

La Sala concluye que «la palabra o término ‘corrupto’ dirigido al presidente del Gobierno, considerado de forma aislada, representa un grave insulto, pero, en este caso concreto, dado que el término está asociado a varios procesos judiciales en curso que afectan al entorno del presidente del Gobierno, no se aprecia una intención insultante, sino la expresión de una crítica política, protegida por la libertad de expresión».

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