El juez Calama ordena abrir investigación sobre la fuga de las agendas de Zapatero

El juez instructor del ‘caso Plus Ultra’ solicita la identificación de los responsables «considerando la gravedad de los hechos y su posible encaje en tipos penales relacionados con la revelación de actuaciones declaradas secretas».

José Luis Rodríguez Zapatero abandona la Audiencia Nacional tras prestar declaración ante el juez Calama el pasado 17 de junio.

El magistrado de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha decidido este jueves remitir testimonio a los juzgados de Madrid con el propósito de que se investiguen las filtraciones ocurridas en el caso Plus Ultra, tras conocerse el contenido completo de las agendas del ex presidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero y del chat de mensajería que mantenía con su secretaria Gertrudis Alcázar.

El juez instructor demanda la identificación de los responsables de estas filtraciones «dados la gravedad de los hechos y su posible encaje en infracciones penales relativas a la revelación de actuaciones declaradas reservadas».

En el auto, el magistrado ordena también la creación de una pieza de «información sensible» que incluirá las grabaciones audiovisuales de las declaraciones de testigos e investigados en esta causa, acceso que estará restringido exclusivamente al juzgado y al Ministerio Fiscal.

El instructor detalla que, una vez realizadas dichas declaraciones, se facilitará a la acusación popular agrupada y a las defensas la transcripción de su contenido, generada automáticamente por el programa de grabación. Sin embargo, aclara que si algún abogado de la acusación o de las defensas quisiera revisar un punto concreto de las declaraciones, podrá hacerlo en la Secretaría del juzgado, aunque no se le entregará copia de la grabación hasta la posible apertura del juicio oral.

Como medida adicional para prevenir nuevas filtraciones, el juez ha establecido que en relación con las acusaciones populares, únicamente la agrupada bajo la dirección del PP tendrá acceso al material subido a la nube digital.

Calama recuerda que, durante la fase de instrucción, prevalece la regla general del carácter reservado de las actuaciones procesales, salvo para las partes personadas según lo dispuesto en el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Señala que esta medida busca preservar la efectividad de la investigación, evitando interferencias indebidas y asegurando la integridad de las diligencias realizadas.

El magistrado advierte que, desde que las actuaciones se pusieron a disposición de las partes personadas a través de la plataforma Cloud, se han registrado filtraciones constantes y rápidas hacia los medios de comunicación. Según Calama, estas filtraciones alcanzaron su punto máximo ayer, cuando el informe de la UDEF 2910/26 se difundió íntegramente por varios medios poco después de su publicación en el cloud, a pesar de contener datos que no debían divulgarse indiscriminadamente. Para el instructor, estos hechos no solo representan una clara infracción del deber de reserva inherente al secreto externo, sino que podrían constituir delitos penales, especialmente los recogidos en los artículos 466 y 417 (revelación de actuaciones procesales secretas o información reservada), sin perjuicio de otras responsabilidades disciplinarias o profesionales.

El magistrado de la Audiencia Nacional señala que la persistencia de estas filtraciones demuestra que las medidas actuales han sido insuficientes para garantizar la reserva de las actuaciones, lo que obliga al juzgado a adoptar nuevas medidas que aseguren el secreto externo y eviten «que la publicidad ilícita de actuaciones pueda perjudicar tanto la investigación como los derechos de los investigados».

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