Las claves
Un juzgado madrileño ha impuesto a Ione Belarra la obligación de abonar 9.000 euros al exjuez Manuel García-Castellón por vulnerar su honor tras denominarle «corrupto» y prevaricador en la plataforma X.
Además del pago de esta indemnización, Belarra deberá publicar la sentencia en su cuenta de X o en un medio similar, dado que la ofensa tuvo lugar en dicha red.
El fallo judicial considera que las declaraciones de Belarra fueron injuriosas y humillantes, carentes de fundamento real, y excedieron los límites de la libertad de expresión.
El juez García-Castellón exigía inicialmente 350.000 euros, pero el tribunal estableció la compensación en 9.000 euros. La resolución puede ser apelada ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Un juzgado de Madrid ha dictaminado que la secretaria general de Podemos y diputada Ione Belarra debe pagar 9.000 euros al juez retirado Manuel García-Castellón, al considerar que dañó su honor al acusarle de «corrupto».
En la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia Número 45 de Madrid, el magistrado reconoce que las declaraciones emitidas por Belarra en la red social X en 2024 causaron al juez retirado «un perjuicio moral que debe ser reparado mediante una indemnización de 9.000 euros», frente a los 350.000 solicitados por el demandante.
Además, Belarra debe publicar el contenido de la sentencia en su perfil de X, plataforma en la que se produjo la vulneración del derecho al honor del exjuez de la Audiencia Nacional, o en un medio con características similares.
En un tuit, la dirigente de Podemos manifestó, en referencia a la jubilación de García-Castellón publicada en el BOE: «Lo dijimos hace meses y ahora se confirma, éste y otros jueces corruptos, que han prevaricado contra quienes defendemos otra idea de España, quedarán impunes, sin recibir castigo alguno, gracias al PSOE. Vergüenza».
Según García-Castellón, las palabras de la exministra «sobrepasan los límites de la libertad de expresión, ya que no constituyen una crítica legítima, sino un ataque directo y personal a su integridad y reputación».
Libertad de expresión
García-Castellón alegó un «daño moral» ocasionado por estas afirmaciones y solicitó una indemnización de 350.000 euros o la suma que «el juzgado estime pertinente considerando los antecedentes del caso, debido a la gravedad de la lesión causada y su amplia difusión».
Para el exmagistrado de la Audiencia Nacional, no existía duda de que «las expresiones utilizadas por la señora Belarra carecen de un interés público legítimo y resultan agraviantes y ofensivas«. También hizo referencia a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece que la libertad de expresión, aunque es amplia, no es ilimitada.
Por su parte, Belarra sostuvo públicamente que los calificativos empleados corresponden al ejercicio propio de su condición de diputada, dentro de su libertad parlamentaria para valorar la actuación de García-Castellón.
«Me demanda por decir la verdad: que su conducta para proteger al PP y perseguir a los rivales políticos de la derecha representa corrupción, con o sin condena», argumentó.
García-Castellón presentó inicialmente la demanda ante el Tribunal Supremo, que determinó que no era el órgano competente para juzgarla porque Belarra, aforada por su condición de diputada, no hizo esas declaraciones «en el ejercicio de su cargo» en redes sociales.
La Sala de lo Civil del Supremo indicó que la jurisdicción correspondía a los juzgados de primera instancia, dejando a García-Castellón impulsar la causa allí. El fallo puede ser apelado ante la Audiencia Provincial de Madrid.
El juez del Juzgado de Primera Instancia concluye que «las expresiones usadas y demostradas son objetivamente injuriosas y gravemente humillantes«, recordando los mensajes publicados en X el 2 y el 20 de septiembre de 2024, así como unas declaraciones posteriores de Belarra en un acto público donde reiteró la misma idea.
«Esas manifestaciones implican una acusación directa al demandante como delincuente y corrupto, lo que para cualquier ciudadano, indiferentemente de su profesión, es la imputación más grave que puede hacerse, solo modulada según el delito en cuestión», señala la sentencia.
Agrega que «la acusación de prevaricación es, posiblemente junto al cohecho, la más grave que puede imputarse profesionalmente a un juez o magistrado», destacando que la Fiscalía apoyó la demanda.
La resolución enfatiza que en este caso entra en conflicto el derecho al honor y la libertad de expresión de «dos figuras públicas con gran repercusión mediática».
En este sentido, determina que, contrariamente a lo sostenido por Ione Belarra, sus expresiones «carecen de fundamento factual alguno» y se reducen «a una descalificación profesional pura y simple del demandante, sin ninguna precisión».

