Las claves
El PP ha presentado en el Congreso una proposición de ley orgánica para aumentar las restricciones en la excarcelación de personas condenadas por terrorismo.
Esta iniciativa establece que los terroristas deben realizar una declaración pública y por escrito de perdón y rechazo a la violencia para acceder a beneficios penitenciarios.
La reforma concede a las víctimas la facultad de impugnar la liberación de los condenados, incluso en caso de no haber participado en el proceso judicial.
La propuesta pretende evitar que el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario sirva como atajo para la semilibertad de etarras, requiriendo un aval judicial previo para cualquier flexibilización del régimen.
El Grupo Parlamentario Popular ha registrado en el Congreso una proposición de ley orgánica con el objetivo de asegurar el cumplimiento riguroso de las penas de los condenados por terrorismo.
El documento, promovido por la vicesecretaria Cuca Gamarra y firmado por la portavoz Ester Muñoz el 14 de mayo, establece que cualquier terrorista que solicite el tercer grado o semilibertad debe realizar una «declaración expresa, pública e inequívoca de perdón» hacia sus víctimas y manifestar un rechazo absoluto a la violencia.FINAL-PL-instituciones-penitenciarias.pdf
La iniciativa a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL está dirigida a cerrar las brechas que, según el PP, el Gobierno vasco ha estado explotando durante años, en posible «fraude de ley», para desvirtuar las condenas de los presos de ETA.
La legislación establece que dicha declaración de arrepentimiento debe presentarse por escrito y que, sin ella, ningún terrorista podrá acceder a un régimen penitenciario más flexible.
También se otorga un rol activo a las víctimas, ausente hasta ahora. La reforma modifica el Estatuto de la Víctima para permitirles impugnar ante el juez cualquier decisión que implique la salida de prisión del condenado, incluso si no formaron parte del proceso judicial.
Compromiso de gobierno
Esta proposición reforma el Código Penal, la Ley General Penitenciaria, su Reglamento y el mencionado estatuto, constituyendo una ley orgánica al afectar derechos fundamentales.
Lo cual requiere mayoría absoluta en el Congreso para su aprobación, por lo tanto, resulta probablemente inviable en esta legislatura.
El PNV, socio esencial del Gobierno de Pedro Sánchez y responsable directo de la política penitenciaria vasca que el PP busca frenar, no otorgará su apoyo. Tampoco Junts muestra incentivos para respaldarla. El PP es consciente de esta realidad.
Ante el escaso margen de éxito inmediato, la presenta como un compromiso programático ante una eventual llegada al Gobierno.
Los populares confían en que los casos polémicos acumulados, la doctrina judicial forjada por los jueces de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional en sus autos y la presión ejercida por asociaciones de víctimas fortalezcan su postura política.
El detonante específico de esta iniciativa es el caso del dirigente de ETA ‘Txeroki’.
Un escándalo tras otro
En febrero de 2026, el Gobierno vasco aplicó el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a Garikoitz Aspiazu Rubina, exjefe militar de ETA, para permitirle salir de prisión de lunes a viernes. Lo hizo sin esperar el pronunciamiento judicial, pese a que el juez había rechazado previamente un permiso de salida.
También causó controversia el caso de ‘Anboto’. Soledad Iparraguirre, exlíder de ETA condenada a más de 600 años por 10 asesinatos, quien accedió igualmente a la semilibertad mediante este artículo en marzo pasado.
El fiscal calificó esta decisión como un «tercer grado encubierto» y destacó que no había cumplido las tres cuartas partes de su condena ni gozado de permisos previos.
El juez le dio la razón y, a finales de abril, el magistrado del Tribunal Central de Instancia revocó la semilibertad de Anboto y de Juan Ramón Carasatorre, y señaló que era necesario modificar la legislación para evitar que el artículo 100.2 se utilice como un atajo hacia la libertad.
Sin embargo, la consejera de Justicia del Gobierno vasco, la socialista María Jesús San José, mantuvo su posición.
El mismo 30 de abril en que se publicó el auto de Anboto, concedió nuevamente el tercer grado al etarra ‘Gadafi’, condenado a más de 1.100 años por 15 asesinatos, incluido el del niño de dos años Fabio Moreno, y al preso terrorista Eneko Gogeaskoetxea.
Ambos ya habían tenido el tercer grado revocado por la Audiencia Nacional y la Fiscalía, respectivamente. El 20 de mayo, también recibió el tercer grado el exjefe militar de ETA, Juan Antonio Olarra Guridi, condenado a más de 2.000 años.
Viene de lejos
Ante esta situación, la proposición del PP elimina el artículo 100.2 y lo sustituye completamente . Introduce un nuevo artículo 72 bis en la Ley General Penitenciaria, que establece la obligatoriedad de un aval judicial previo para cualquier flexibilización del régimen que conlleve salidas de prisión de condenados por terrorismo.
Dicha medida no podrá aplicarse sin una resolución judicial firme.
Asimismo, la reforma exige que el terrorista haya disfrutado de «permisos de salida de manera reiterada» que demuestren un buen comportamiento y que haya cumplido íntegramente con la responsabilidad civil frente a sus víctimas.
También impone una colaboración activa con la Justicia para esclarecer los 379 asesinatos de ETA aún sin resolver, en concordancia con las recomendaciones del Parlamento Europeo de 2022.
Esta iniciativa del PP tiene antecedentes. Supone el tercer paso de una estrategia que la formación de Alberto Núñez Feijóo ha venido elaborando desde hace meses, tras la exposición pública del caso Txeroki.
El 19 de marzo de 2026, el grupo popular ya presentó en la Comisión de Justicia una Proposición no de Ley para instar al Gobierno a reformar el Reglamento Penitenciario y prohibir expresamente que los condenados por terrorismo se beneficien del artículo 100.2.
Además, el 29 de abril, plantearon dos preguntas escritas al Ejecutivo: cuántos penados en total y, específicamente, cuántos condenados por terrorismo o vinculados a ETA han recibido la ventaja del 100.2 desde la entrada en vigor del Reglamento en 1996, desglosados por meses y años.
La respuesta gubernamental aún no se ha producido. De hacerlo, podría mostrar el incremento del uso de este mecanismo desde que el País Vasco asumió las competencias penitenciarias en octubre de 2021, conforme a los acuerdos de investidura entre PSOE y PNV.

