El Gobierno extiende la jubilación flexible a los autónomos, disponible desde el inicio de la pensión

La nueva reforma aprobada por el Gobierno permite compatibilizar empleo y pensión desde el momento de la jubilación e incluye por primera vez a los trabajadores autónomos

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz.(Isa Saiz - Europa Press)

El Gobierno aprobó este martes durante el Consejo de Ministros la reforma de la jubilación flexible, orientada a facilitar el acceso a esta modalidad que permite a los trabajadores seguir activos tras jubilarse sin perder la pensión por completo. La propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones incorpora por primera vez la compatibilidad entre trabajo y pensión para los autónomos, un derecho que antes solo estaba disponible para empleados por cuenta ajena a tiempo parcial.

De esta forma, el decreto habilita la opción del trabajo autónomo, aunque con una restricción: el pensionista no debe haber estado dado de alta como autónomo en los tres años anteriores a la jubilación. Asimismo, la nueva norma suprime el periodo transitorio de un año desde la jubilación, permitiendo que los trabajadores puedan reincorporarse inmediatamente tras el reconocimiento de la pensión.

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De ahora en adelante, los trabajadores jubilados en España podrán reincorporarse al mercado laboral como autónomos y percibir hasta el 25% de su pensión simultáneamente, conforme al Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros. La reglamentación entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y es aplicable a todos los regímenes de la Seguridad Social, excepto a los específicos de funcionarios civiles del Estado, las Fuerzas Armadas y el personal al servicio de la Administración de Justicia.

La jubilación flexible se consolida como opción

La ministra Elma Saiz enfatizó que la finalidad es brindar “más y mejores alternativas al momento de jubilarse o combinar empleo y pensión”. Afirmó que podrán acogerse quienes “ya cuenten con una pensión contributiva de jubilación y deseen retomar una actividad laboral compatible con el cobro parcial de dicha pensión”. El decreto completa la serie de reformas iniciadas en 2021 y desarrolla el acuerdo social tripartito de 2024, que tiene como objetivo aproximar la edad efectiva de jubilación a la establecida legalmente.

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Jubilación activa en autónomos: estos son los cambios que plantea el Gobierno.

De acuerdo con el comunicado divulgado por el Ministerio, el porcentaje de trabajadores que pospusieron su jubilación más allá de la edad ordinaria aumentó del 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. Durante 2026, superan el 12% de las nuevas altas, contabilizándose 15.600 jubilaciones de este tipo, cifra superior a la registrada en todo 2021.

Cómo queda la pensión según la jornada

Para los que combinen pensión con empleo por cuenta ajena a tiempo parcial, la jornada autorizada varía del rango anterior de 25%-75% a uno nuevo de 33%-80%. La cuantía de la pensión se ajusta proporcionalmente a la reducción de la jornada. Además, existe un incentivo para quienes retornen al trabajo tras al menos seis meses desde la jubilación: jornadas entre 55% y 80% sumarán un 25% extra sobre la pensión, mientras que jornadas entre 33% y menos del 55% adicionarán un 15%. En cuanto a la actividad autónoma, el límite máximo es el 25% de la pensión durante la realización de la actividad compatible.

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El pensionista que opte por esta modalidad mantiene su condición de pensionista para efectos de atención sanitaria y protección social durante todo el período de jubilación flexible. Quienes accedieron de manera involuntaria a una jubilación anticipada también se benefician: al retornar a la jubilación plena desde la flexible, su pensión inicial será recalculada con una base reguladora y un porcentaje actualizados según el periodo de cotización validado.

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