Estudiantes universitarios podrán solicitar una «evaluación flexible» para facilitar la conciliación según el estatuto estudiantil propuesto por Diana Morant

La ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant, durante la presentación de la Estrategia Nacional de Deep Tech. Las claves

El renovado Estatuto del Estudiantado Universitario facultará a los alumnos para solicitar una evaluación adaptable que les permita conciliar sus estudios con el trabajo o el cuidado de familiares.

Los estudiantes podrán pedir modificaciones en las fechas de exámenes por razones de salud, representación institucional o circunstancias familiares graves, sin enfrentar sanciones.

El documento fortalece la implicación estudiantil en la elaboración de los programas, criterios de evaluación y estándares de calidad académica, otorgándoles una mayor voz en las decisiones.

Se consolidan derechos como la desconexión digital, la atención a la salud mental, los protocolos contra el acoso y el reconocimiento de la identidad de género en los expedientes universitarios.

Los estudiantes universitarios ganarán progresivamente más derechos y capacidad de decisión dentro de las universidades.

Así lo refleja el borrador del próximo Real Decreto del Estatuto del Estudiantado Universitario, al que ha accedido EL ESPAÑOL y que se encuentra en fase de consulta pública.

Según el texto promovido por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, que aún podría modificarse tras las aportaciones de la comunidad universitaria, los derechos estudiantiles aumentarán en ámbitos políticos, como el derecho a la huelga.

Sin embargo, el documento abarca mucho más e introduce el derecho a solicitar cambios en las fechas de examen por motivos de salud propia o familiar, además de exigir a las instituciones la creación de un plan específico de conciliación para quienes trabajan o cuidan a familiares dependientes.

Este renovado y controvertido marco normativo, impulsado por el departamento de la ministra Diana Morant y que sustituirá al ya desfasado Estatuto del Estudiante de 2010, supone un cambio significativo en las aulas españolas.

La norma brindará a los jóvenes herramientas para supervisar la enseñanza, garantizar la integridad de sus evaluaciones y adaptar su experiencia universitaria a las nuevas realidades laborales, tecnológicas y sociales.

Mayor control del calendario

El primer bloque de reformas protege al alumnado frente a la rigidez académica tradicional.

El borrador indica que la programación de los exámenes no podrá modificarse de manera arbitraria, pero concede a los universitarios el derecho a pedir que se les asigne un día y hora distintos para una prueba. ¿Los motivos? No solo por responsabilidades de representación institucional, sino también por razones de salud relevantes, cuidado de dependientes, defunción o enfermedad grave de familiares directos.

Asimismo, el texto aclara que la ausencia a clase por estas causas «no podrá acarrear penalizaciones para el estudiante».

Además, se amplía la participación estudiantil en la organización del curso. El nuevo Estatuto exige que los calendarios de fechas, horarios y lugares de examen se establezcan mediante órganos que aseguren la presencia de representantes estudiantiles.

También se afianza el derecho a al menos dos convocatorias por asignatura (ordinaria y extraordinaria), procurando que en la segunda sea posible obtener la nota definitiva íntegra, independientemente de la evaluación continua. Esto contraviene los principios del Plan Bolonia.

El segundo eje del texto afecta directamente al trabajo del profesorado y a la organización de las asignaturas.

Aunque los estudiantes no aprobarán diariamente el temario del profesor, sí formarán parte fundamental del control institucional. El artículo 20.5 establece que la programación docente de cada curso debe ser aprobada por órganos competentes, garantizando la representación estudiantil.

Además, el nuevo texto determina que los criterios de evaluación, incluyendo la ponderación de cada prueba, no podrán modificarse una vez concluido el periodo de matrícula y comenzada la docencia. Cualquier cambio excepcional requerirá justificación, autorización del órgano académico correspondiente y la comunicación a todo el alumnado matriculado, lo que puede resultar problemático en caso de cambio de profesor.

En esta línea, el decreto evoluciona respecto al de 2010 y garantiza a los estudiantes su derecho a participar en los mecanismos de aseguramiento de calidad y en las comisiones que elaboran o revisan las memorias de titulaciones oficiales.

El último bloque adapta la normativa a las exigencias del 2026. La «evaluación flexible» y la conciliación se erigen como pilares fundamentales.

El texto reconoce como derecho esencial compaginar la actividad académica con la laboral, considerándolo un mecanismo para garantizar la igualdad de oportunidades.

Obliga a las universidades a desarrollar planes generales de conciliación que incluirán facilidades no solo para estudiantes que trabajan, sino también para mujeres víctimas de violencia de género, violencia vicaria, terrorismo o desastres naturales.

En el ámbito tecnológico, el nuevo Estatuto reconoce el derecho a la desconexión digital para el alumnado. Además, actualiza las obligaciones contra fraudes académicos, sancionando no solo el plagio, sino también prohibiendo expresamente el «uso inapropiado de la Inteligencia Artificial» y tecnologías de la información en exámenes y trabajos.

Derechos LGTBI

Las políticas de identidad y bienestar adquieren también un papel destacado.

El texto exige al Consejo de Universidades establecer criterios comunes para que el estudiantado pueda solicitar el cambio de género y nombre en sus expedientes.

Además, refuerza el derecho a recibir atención psicológica y de salud mental por parte de profesionales dentro de la universidad, requiriendo la creación obligatoria de un protocolo ante conductas suicidas y de prevención del acoso y ciberacoso.

Finalmente, el Estatuto consagra el derecho al «paro académico» (similar a la huelga estudiantil), señalando que su convocatoria podrá ser total o parcial y solo procederá del órgano de representación estudiantil. Para resolver conflictos en los campus, impone la creación de una Comisión de Convivencia paritaria, donde los estudiantes tendrán el mismo peso que el profesorado y el personal administrativo en la toma de decisiones.

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