El tribunal subraya la completa veracidad del testimonio de la niña de tres años, quien padece secuelas psicológicas tras los hechos ocurridos.

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha impuesto una condena de cuatro años y un día de prisión a un hombre que tocó con fuerza los glúteos a una niña de tres años y medio dentro de un supermercado en Pamplona.
Los hechos probados en la sentencia, susceptible de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), constituyen un delito de agresión sexual a menor de 16 años, agravado por la condición de que la víctima tenía menos de cuatro años.
El acusado, de nacionalidad española y con 72 años en el momento del incidente, tiene prohibido comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante seis años. Además, cumplirá una libertad vigilada de cinco años, que se ejecutará tras la pena de prisión. Como responsabilidad civil, el tribunal le obliga a indemnizar con 600 euros por el daño moral causado, según informó el TSJN.
Una agresión en el pasillo del supermercado
Alrededor de las 20:15 horas del 25 de enero de 2025, el acusado realizaba la compra en un supermercado de la ciudad de Pamplona. En uno de los pasillos, conforme a la resolución judicial, la niña estaba algo separada de su madre, jugando con un guante de plástico.
El procesado, según lo declarado probado, «consciente del carácter sexual de su acción, se agachó ligeramente tras la menor y tocó con su mano derecha con fuerza los glúteos, sobre el pantalón corto que llevaba«. Inmediatamente después, el hombre se alejó del lugar con su carrito de compra.
Acto seguido, continúa la sentencia, la niña se acercó a su madre, que estaba de espaldas observando las etiquetas de una caja de galletas, y le dijo: «Mamá, mamá, ese hombre me ha tocado mi culito».
La madre preguntó repetidamente: «¿Qué hombre, qué hombre?», y siguió al acusado hasta encontrarlo en la sección de frutas. Allí, le recriminó por su acción contra una niña, a lo que el hombre respondió evasivamente: «Vale, vale» y se dispuso a irse. Posteriormente, la mujer llamó a su esposo, quien le indicó que avisara inmediatamente a la policía.
Secuelas psicológicas en la menor
Como consecuencia de los hechos, señala la sentencia, la menor presenta “ciertas conductas de rechazo a colaborar con niños en el ámbito escolar, se niega a que su abuelo la abrace y en ocasiones rememora lo sucedido en el supermercado con un hombre”. Además, muestra alteraciones emocionales que precisaron apoyo psicológico profesional.
En el juicio celebrado el 15 de abril, la Fiscalía solicitó cinco años de prisión para el acusado, mientras que la defensa pidió su absolución completa.
Sin «exageración ni invención» en el testimonio
En la sentencia del 18 de junio, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial considera que la versión exculpatoria del acusado carece de consistencia; él argumentó que solo intentó apartar a la niña, creyendo que no era prudente tocarla en la zona del cuello para alejarla.
«No está probado que el paso fuera tan estrecho como para requerir ese tipo de apartamiento u otro; la madre estaba cerca de la menor y podría haberle advertido sobre la dificultad estimada y, en cualquier caso, ello no justifica que tuviera que alejarlas tocando con fuerza los glúteos, agachándose ligeramente detrás de la niña«, añade el tribunal.
En relación con el testimonio de la víctima, los magistrados destacan que la niña describió de forma clara y precisa lo ocurrido. Finalmente, el tribunal concluye que «no hay ni exageración ni invención alguna en su relato, pleno de expresividad».

