Tribunal europeo permite a Puigdemont regresar al confirmar que la amnistía no impacta el interés económico comunitario

El líder de Junts, Carles Puigdemont, el pasado enero en una rueda de prensa en Perpiñán (Francia). Las claves

El Tribunal de Justicia de la UE respalda el núcleo principal de la Ley de Amnistía acordada entre Pedro Sánchez y Carles Puigdemont.

El TJUE determina que la ley no perjudica los intereses financieros de la Unión ni contraviene la directiva antiterrorista.

La resolución descarta que la amnistía vulnere la igualdad ante la ley o la seguridad jurídica en la UE.

La sentencia responde a cuestiones planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional acerca del alcance de la amnistía en casos de financiación y terrorismo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respalda el núcleo fundamental de la Ley de Amnistía acordada por Pedro Sánchez con Carles Puigdemont para asegurar su última investidura en noviembre de 2023, facilitando así el eventual regreso a España del expresidente de la Generalitat, que permanece fugado en Bélgica desde la fallida declaración de independencia de Cataluña, hace casi una década.

«El Derecho de la Unión no se opone a la ley española de amnistía para la normalización de la situación en Cataluña«, ha declarado el TJUE.

En dos sentencias conjuntas, los 15 magistrados de la Gran Sala -ninguno de ellos español- han concluido este jueves que la controvertida norma de olvido penal no perjudica los intereses financieros de la Unión ni es incompatible con la directiva antiterrorista.

El TJUE también descarta que la amnistía infrinja los principios generales del derecho de la UE, como la igualdad ante la ley y la seguridad jurídica.

Estos dos primeros pronunciamientos del TJUE sobre la Ley de Amnistía, cuya interpretación obliga a los jueces españoles, clausuran un prolongado proceso de dos años en Luxemburgo marcado por el conflicto abierto entre las principales instituciones de la Unión Europea.

La Comisión bajo el liderazgo de Ursula von der Leyen, en su papel de guardiana de los Tratados, argumentó ante el tribunal que la norma vulnera el Estado de derecho, infringe los principios de igualdad y seguridad jurídica y reduce la eficacia de la directiva antiterrorista europea.

Durante la audiencia celebrada hace un año en Luxemburgo, los representantes de la Comisión llegaron a calificar la ley de «autoamnistía» y sostuvieron que contravenía el Estado de derecho porque significaba que «quienes están en el Gobierno aseguran la impunidad de sus socios a cambio del apoyo parlamentario«.

En cambio, el abogado general del TJUE, Dean Spielmann, refutó en sus conclusiones de noviembre de 2025 los principales argumentos de la Comisión y validó la conformidad de la Ley de Amnistía con el derecho de la Unión, salvo en algunas disposiciones procesales.

Spielmann también rechazó la idea de una autoamnistía, considerando que la ley «no busca proteger un régimen político ni a sus representantes frente a posibles acciones judiciales, sino responder a una situación excepcional con un fin declarado de normalización institucional y reconciliación».

En sus dos sentencias de hoy, el TJUE responde a dos cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional sobre la aplicación de la Ley de Amnistía.

La primera se relaciona con el procedimiento contable contra 35 ex altos cargos de la Generalitat, incluyendo a Carles Puigdemont y Artur Mas, por el presunto uso indebido de fondos públicos para financiar el ‘procés’. El daño al erario público se ha estimado en cerca de cinco millones de euros.

La Ley de Amnistía excluye de su ámbito los delitos que afectan a los intereses financieros de la Unión Europea. Ante la incertidumbre sobre la compatibilidad de algunos de sus artículos con la legislación comunitaria, el Tribunal de Cuentas planteó una cuestión prejudicial al TJUE.

La segunda pregunta prejudicial proviene de la Audiencia Nacional, que solicitó al tribunal europeo que precisara si la Ley de Amnistía es aplicable a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por terrorismo.

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